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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de octubre de 2009 404829 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Declaran baja de oficio en el Registro de Entidades Empleadoras y en el Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD RESOLUCIÓN DE OFICINA ZONAL N° 224-024-0000128/SUNAT San Vicente de Cañete, 13 de octubre del 2009 VISTO el resultado de la fi scalización de ESSALUD y ONP, efectuado al contribuyente RUIZ CAMPOS PEDRO JUAN con R.U.C. Nº 10442542100 y con domicilio fi scal en Calle Coronel Castillo N° 248, Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 5° de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo N° 501, modifi cado por el artículo 1° de la Ley N° 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Ofi cina de Normalización Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4° del reglamento de la Ley N° 27334, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD y ONP, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afi liados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5° y del artículo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función; Que, de la fi scalización efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 286-2009-SUNAT/2O1002, cuyos fundamentos se reproducen, en aplicación de la Ley N° 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 – Ley de Productividad y Competitividad y del Decreto Ley N° 19990 – Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, se ha determinado que el contribuyente no realiza actividad económica alguna ni cuenta con trabajadores a su cargo con vinculación laboral, por lo que no cumple con los requisitos para ser califi cado como Entidad Empleadora ante Essalud; y declara personas sin vinculación laboral que no cumple con los requisitos para ser considerados Asegurados Titulares ante Essalud y Afi liados Obligatorios ante la ONP”; Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y normas modifi catorias, el Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y normas modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia N° 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 039-2001-EF y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la baja de ofi cio en el: a) Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social al contribuyente RUIZ CAMPOS PEDRO JUAN identifi cado con RUC N° 10442542100, por los períodos comprendidos del Noviembre 2005 al periodo junio 2007. b) Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD, a las siguientes personas: Datos de la persona dada de baja Períodos a dar de baja Documento de Identidad Apellidos Nombres Del Al Tipo N° Paterno Materno DNI 80575001 JUAREZ SILVA FRANKLIN 11-2005 06-2007 Regístrese, notifíquese1 y comuníquese a la Intendencia Nacional de Sistemas de Información para los fi nes pertinentes. JUAN CARLOS IRURI CHAVEZ Jefe Zonal Ofi cina Zonal Cañete 1 Conforme al artículo 135° del TUO del Código Tributario – D.S. N° 135-99- EF contra la presente Resolución podrá interponer Recurso de Reclamación dentro del plazo prescriptorio correspondiente. 411286-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Exoneran de proceso de selección la contratación del “Servicio de Actualización del Soporte y Manteni- miento de Licencias de la Base de Datos ORACLE” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 115-2009-OS/PRES Lima, 14 de octubre de 2009 VISTOS: El Informe N° I-OS-054-2009 de fecha 30 de setiembre de 2009 emitido por la Ofi cina de Sistemas de OSINERGMIN, el Informe Legal N° GL-019-2009 de fecha 12 de octubre de 2009 y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 064-2002-OS/PRES; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido por el literal e) del artículo 20° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, están exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen cuando exista proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, por su parte, el artículo 131° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente. También se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos de propiedad intelectual, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 064-2002-OS/PRES, OSINERGMIN determinó como estándar de base de datos, modelador de procesos,