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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (21/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de octubre de 2009 404818 el paño y que el jugador obtenga al lanzar las bolas en la ruleta cada vez. i.- Marcador: Instrumento para llevar la cuenta de los puntos obtenidos por el jugador durante la partida, el monto del pozo o Jackpot y los puntos faltantes para que el jugador pueda llevarse el pozo o Jackpot. j.- Otros equipos: No obstante lo dispuesto en este artículo, la DGJCMT, podrá autorizar otro tipo de equipos o materiales, siempre que mejore, o no afecte la fi scalización y la integridad de las operaciones de juego. CAPÍTULO II DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL Artículo 3°.- De la revisión de la ruleta: Antes del funcionamiento diario de una mesa de Súper Ruleta, el personal del explotador verifi cará que el disco o plato giratorio y las bolas estén en buen estado y no presenten fallas o desperfectos que puedan afectar su normal movimiento. En caso de detectar alguna falla o desperfecto durante el horario de funcionamiento de la sala de juego, el personal del explotador deberá suspender el juego comunicando esta situación al Inspector. El Inspector podrá revisar aleatoriamente el estado de las mesas de la Súper Ruleta. CAPÍTULO III DEL DESARROLLO DE LAS PARTIDAS Artículo 4°.- Del Personal de Juego: Cada mesa de juego de la modalidad de Súper Ruleta debe contar con la presencia de un dealer y un supervisor. El Dealer estará a cargo del juego. Será la persona que entrega las ocho (08) bolas y el cubilete al jugador, suma los valores establecidos para cada uno de los hoyos, tapa los números de color azul, rojo o dorado en el paño, anuncia los puntos obtenidos por el jugador en cada lanzamiento, recoge la apuesta perdedora, paga el pozo o jackpot así como los otros premios que puede obtener el jugador. El supervisor es la persona que confi rma las sumas que realiza el Dealer, recoge las bolas de la ruleta luego de efectuada la suma de los valores asignados a los hoyos en los cuales se alojaron las bolas, verifi ca su perfecto estado de funcionamiento para luego entregárselas al dealer, y se encarga de hacer girar la ruleta. Artículo 5°.- De la Apuesta: El jugador solamente podrá realizar un tipo de apuesta cuyo monto será fi jo y constante a menos que al lanzar las bolas obtenga un número marcado de color blanco el cual obliga a duplicar el monto de la apuesta. El pozo o jackpot y la apuesta se duplican cada vez que el jugador obtenga un número marcado de color blanco en el paño. En estos casos duplicar la apuesta es la condición necesaria para que el jugador pueda continuar la partida. Artículo 6°.- Del lanzamiento de las bolas: Para iniciar la partida el jugador deberá efectuar su apuesta, luego de lo cual el dealer dejará en la mesa delante del jugador el cubilete y las ocho bolas. El jugador introducirá las ocho bolas en el cubilete y procederá al lanzamiento de las mismas dentro de la ruleta. Antes que el jugador lance las bolas el supervisor hará girar la ruleta. Artículo 7°.- De la indicación del resultado obtenido: Una vez las ocho (08) bolas lanzadas se hayan alojado en distintos hoyos, el dealer indicará claramente el número obtenido que resulta de sumar los valores asignados a cada uno de los hoyos en los cuales se alojaron las bolas. Si el número obtenido está marcado en el paño con color negro, el dealer anotará en el marcador los puntos o “points” obtenidos por el jugador, los puntos o “points” faltantes para obtener el pozo o “jack pot” y recogerá la apuesta. Para continuar la partida el jugador deberá realizar una nueva apuesta. Si el número obtenido está marcado en el paño con color verde, se entregará al jugador el premio en fi chas de valor y color, la apuesta permanecerá en la mesa de juego y el jugador deberá lanzar nuevamente las ocho (08) bolas. Si el número obtenido está marcado en el paño con color azul, rojo o dorado, el dealer cubrirá con una fi cha del mismo color dicho número y recogerá la apuesta. Para continuar la partida el jugador deberá realizar una nueva apuesta. Si el número obtenido está marcado en el paño con color blanco, el dealer duplicará el monto del pozo o “jackpot” y se duplicará el monto de la apuesta, lo cual consignará en el marcador, para luego recoger la apuesta. Para continuar la partida el jugador deberá duplicar el monto de su anterior apuesta. Una vez efectuado lo anterior, el supervisor recoge las bolas, verifi ca su perfecto estado y se las entrega al dealer para que continúe el desarrollo de la partida. Artículo 8°.- De la limpieza del paño: Una vez que el jugador se retira de la mesa de juego sin efectuar una nueva apuesta se tiene por terminada la partida y el dealer procederá a recoger las fi chas de colores colocadas en el paño, a limpiar el marcador y a recoger las bolas y el cubilete. No se podrá traspasar la partida de un jugador a otro. Artículo 9°.- Del pago de los premios: La Sala de Juego dispondrá el sistema de pagos de acuerdo a su organización y los premios serán pagados con fi chas de color y de valor cuando el jugador lo pida. En el caso que el jugador obtenga uno o más números de color verde el pago se realizará inmediatamente en la mesa de juego y con fi chas de color y valor. Artículo 10°.- De la anulación del lanzamiento: El dealer de la mesa de juego invalida el lanzamiento en cualquiera de los siguientes casos: a.- Cuando una o más bolas no se alojan en algún hoyo de la ruleta. b.- Cuando no todas las bolas se alojan en hoyos distintos de la ruleta. c.- Cuando una o más de las bolas salen de la cesta dentro de la cual se coloca la ruleta por efecto del lanzamiento o por efecto de rebote. d.- Si cae un objeto extraño mientras no están alojadas todas las bolas en los hoyos. e.- Cuando el disco o plato sufra algún desperfecto mecánico u otro motivo que impida su normal funcionamiento. f.- Cuando alguien o algo impide el normal desplazamiento de las bolas dentro de la ruleta. En cualquiera de los casos antes indicados el dealer recoge las ocho bolas y las deja en la mesa de juego delante del jugador. CAPÍTULO IV DE LOS ERRORES EN EL JUEGO Artículo 11º.- De las reglas aplicables ante errores en el juego: El personal de la sala de juego procurará corregir en forma inmediata los errores detectados en las partidas. Cuando un jugador no esté de acuerdo con la decisión del personal de la sala de juego podrá solicitar la presencia del Inspector o en su defecto, presentar un escrito ante la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas explicando los hechos y las razones que sustentan su reclamo. CAPÍTULO V DE LA OBLIGACIONES FORMALES Artículo 12º.- De la información sobre las reglas del juego de Dragón Baccarat: En un sitio visible de la sala de juego debe aparecer el presente Reglamento. Asimismo, en cada mesa de juego deberán estar a disposición de los usuarios en forma gratuita cartillas que informen sobre las instrucciones de este juego. Artículo 13º.- De la información sobre los límites de las apuestas: Los límites mínimo y máximo para las apuestas deberán exhibirse en un sitio visible de la mesa de juego. Estos límites podrán modifi carse durante las horas de funcionamiento de la sala de juego, previa comunicación a los jugadores que se encuentran en la mesa y después de concluir dicha partida. 411200-1