Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2009 (30/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de octubre de 2009

distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. La Policia Nacional del Peru contribuira al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el parrafo anterior. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan renuncia y designan Directora Ejecutiva del Consejo Nacional de la Competitividad
RESOLUCION MINISTERIAL N° 462-2009-EF/10
MORDAZA, 16 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 303-2006PCM se designo a la senora MORDAZA MORDAZA Temple como Directora Ejecutiva del Consejo Nacional de la Competitividad; Que, la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que es necesario aceptar la renuncia asi como designar a su reemplazante; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM y la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 223-2009-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia al cargo de Directora Ejecutiva del Consejo Nacional de la Competitividad, que formula la senora MORDAZA MORDAZA Temple, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la senorita MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Directora Ejecutiva del Consejo Nacional de la Competitividad. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Nacional de la Competitividad y a las interesadas para los fines pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley N° 28323, establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el articulo 2º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los titulares de las concesiones mineras MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, los articulos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, los articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, sus normas modificatorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinacion de la Regalia Minera; Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 083-2009-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Oficio Nº 390-2009-SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 099-2009-SE/DGPU/ANR, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendarios despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, dispone que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta conveniente aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de septiembre de 2009, asi como los montos a que se refiere el numeral 16.6 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 1572004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º. Apruebense los Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de septiembre de 2009, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º. Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de septiembre de 2009 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de participacion y distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1° sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe/ DGAES/DistribucionRecursos/RegaliaMinera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

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Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de setiembre de 2009
RESOLUCION MINISTERIAL N° 473-2009-EF/15
MORDAZA, 28 de octubre de 2009

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