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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (30/10/2009)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de octubre de 2009 405297 Los Precios a Nivel Generación de la Potencia serán el resultado de multiplicar los Precios a Nivel Generación de la Potencia de Punta en la Subestación de Referencia por el respectivo Factor de Pérdidas de Potencia (FPP). Se defi ne: PENP1 = PENP0 * FNE (4) PENF1 = PENF0 * FNE (5) PPN1 = PPN0 * FPP (6) Donde: PENP0 : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas de Punta, defi nido. PENF0 : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas Fuera de Punta, defi nido. PPN0 : Precio a Nivel Generación de la Potencia de Punta, defi nido. PENP1 : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas de Punta, por determinar. PENF1 : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas Fuera de Punta, por determinar. PPN1 : Precio a Nivel Generación de la Potencia de Punta, por determinar. En los casos en que se hace referencia a factores nodales o factores de pérdidas, debe entenderse que éstos corresponden a los aprobados mediante las Resolución OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD, en sus modifi catorias o las que las sustituyan. 1.3 FÓRMULA DE REAJUSTE DE LOS PRECIOS A NIVEL GENERACIÓN Los Precios a Nivel Generación serán actualizados a partir del mes de diciembre de 2009 utilizando las siguientes Fórmulas: PENP = PENP0 * FA PENF = PENF0 * FA PPN = PPN0 * FA FA = 0,22*VPB + 0,78*VPL VPB = (PPM/(7,2*0,8) + 0,2*PEMP + 0,8*PEMF)/11,86 VPL = (PPL/(7,2*0,8) + 0,2*PELP + 0,8*PELF)/12,15 Donde: FA = Factor de actualización de precios. Será redondeado a cuatro dígitos decimales. PENP0 = Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas de Punta publicado en la presente resolución. PENF0 = Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas Fuera de Punta publicado en la presente resolución. PPN0 = Precio de Potencia a Nivel Generación publicado en la presente resolución. PENP = Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas de Punta actualizado, expresado en céntimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. PENF = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta actualizado, expresado en céntimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. PPN = Precio de Potencia a Nivel Generación actualizado, expresado en S/./kW y redondeado a dos cifras decimales. PPM = Precio de la Potencia de Punta a Nivel Generación en la Subestación Base Lima, expresado en S/./kW, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolución OSINERGMIN Nº 053-2009-OS/CD. PEMP = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en céntimos de S/./kW.h, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolución OSINERGMIN Nº 053-2009-OS/CD. PEMF = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en céntimos de S/./kW.h, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolución OSINERGMIN Nº 053-2009-OS/CD. PPL = Precio promedio ponderado de la Potencia de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en S/./kW, obtenido a partir de los contratos fi rmados vía licitaciones. PELP = Precio promedio ponderado de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en céntimos de S/./kW.h, obtenido a partir de los contratos fi rmados vía licitaciones. PELF = Precio promedio ponderado de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en céntimos de S/./kW.h, obtenido a partir de los contratos fi rmados vía licitaciones. El factor FA se aplicará en caso que éste se incremente o disminuya en más de 1% respecto al valor del mismo empleado en la última actualización o en la oportunidad en que se actualicen los Precios en Barra. En estos casos, los nuevos precios entrarán en vigencia el cuarto día calendario del mes. Artículo 2º.- Aprobar el Programa Trimestral de Transferencias por Mecanismo de Compensación correspondiente al periodo noviembre 2009 – enero 2010 (en Nuevos Soles), a que se refi ere el Artículo 29º de la Ley Nº 28832 y el Artículo 3.3º del Reglamento del Mecanismo de Compensación entre los Usuarios Regulados del SEIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2007-EM. Cuadro Nº 2 Empresas Aportantes Fecha Empresas Receptoras Edecañete Edelnor Electronoroeste 15/12/2009 1 137 884 539 Electronoroeste 15/01/2009 1 117 908 272 Electronoroeste 15/02/2010 1 097 932 640 Hidrandina 15/12/2009 0 816 031 Hidrandina 15/01/2009 0 829 317 Hidrandina 15/02/2010 0 842 821 Electronorte 15/12/2009 0 664 518 Electronorte 15/01/2009 0 670 013 Electronorte 15/02/2010 0 675 553 Luz del Sur 15/12/2009 0 559 011 Luz del Sur 15/01/2009 0 563 084 Luz del Sur 15/02/2010 0 567 186 Electro Sur Medio 15/12/2009 0 398 624 Electro Sur Medio 15/01/2009 0 418 590 Electro Sur Medio 15/02/2010 0 439 557 Electrosur 15/12/2009 0 385 524 Electrosur 15/01/2009 0 394 972 Electrosur 15/02/2010 0 404 650 Seal 15/12/2009 0 125 723 Seal 15/01/2009 0 125 833 Seal 15/02/2010 0 125 943 Electrocentro 15/12/2009 0 95 573 Electrocentro 15/01/2009 0 95 337 Electrocentro 15/02/2010 0 95 102 Electro Sur Este 15/12/2009 0 56 544 Electro Sur Este 15/01/2009 0 56 327 Electro Sur Este 15/02/2010 0 56 111 Electro Puno 15/12/2009 0 29 889 Electro Puno 15/01/2009 0 29 765 Electro Puno 15/02/2010 0 29 642 Electro Ucayali 15/12/2009 0 26 764 Electro Ucayali 15/01/2009 0 27 325 Electro Ucayali 15/02/2010 0 27 898 Coelvisac 15/12/2009 0 26 591 Coelvisac 15/01/2009 0 29 222 Coelvisac 15/02/2010 0 32 114 Adinelsa 15/12/2009 0 1 520 Adinelsa 15/01/2009 0 1 553 Adinelsa 15/02/2010 0 1 587 Emsemsa 15/12/2009 0 1 144 Emsemsa 15/01/2009 0 1 160 Emsemsa 15/02/2010 0 1 177 Chavimochic 15/12/2009 0 1 137