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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (30/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de octubre de 2009 405294 Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Lima Nombre del elemento arqueológico aislado Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Pando 540 Pueblo Libre 274028.5158 8665071.9704 273807.7099 8664703.7755 Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Pando 540, ubicado en el distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Elemento Arqueológico Aislado Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Pando 540 01 01 759.95 0.0759 115.84 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 415447-4 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a cargos tarifarios de usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados y el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al período noviembre 2009 - enero 2010 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 196-2009-OS/CD Lima, 29 de octubre de 2009 VISTOS: Las Leyes N° 27510 y N° 28307, mediante las cuales se dispone la obligación del OSINERGMIN, de aprobar el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica (en adelante FOSE) y su respectivo Programa Trimestral de Transferencias Externas, debiendo aprobarse, en esta oportunidad, los correspondientes al período noviembre 2009 – enero 2010. CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 1° de la Ley N° 27510, se creó el FOSE dirigido a favorecer el acceso y la permanencia del servicio eléctrico a todos los usuarios residenciales del servicio público de electricidad, cuyos consumos mensuales sean menores a 100 kW.h, comprendidos dentro de la opción tarifaria BT5, residencial o aquella que la sustituya; Que, conforme a la citada Ley N° 27510, OSINERGMIN quedó encargado de establecer los criterios y procedimientos para la administración y aplicación del mencionado FOSE, aprobándose a través de la Resolución OSINERG N° 2123-2001-OS/CD y modifi catorias, la Norma de Procedimiento de Aplicación del FOSE, cuyo Texto Único Ordenado se aprobó mediante la Resolución OSINERGMIN N° 689-2007-OS/CD; Que, asimismo, el Artículo 2° de la Ley N° 27510, dispone que OSINERGMIN establecerá el factor de recargo en la facturación de los cargos tarifarios de potencia, energía y cargo fi jo mensual de los usuarios de servicio público de electricidad de los sistemas interconectados no comprendidos en el Artículo 1° de dicha Ley, en función a un porcentaje determinado tomando en cuenta la proyección de las ventas del período siguiente, debiendo el OSINERGMIN efectuar el programa de transferencias entre empresas aportantes y receptoras del FOSE; estableciéndose, igualmente en el Artículo 3° de dicha norma, modifi cada por Ley N° 28307, que corresponde efectuar las reducciones tarifarias a los usuarios y sectores previstos en dicha Ley; Que, de otro lado, mediante Ley N° 28307 se modifi caron y ampliaron los factores de reducción tarifaria de la Ley N° 27510, disponiéndose además la vigencia indefi nida del FOSE; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 120- 2009-OS/CD, se aprobó el Factor de Recargo del FOSE y el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondientes al período agosto 2009 – octubre 2009, siendo por tanto necesaria la fi jación del Factor de Recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas para el período noviembre 2009 – enero 2010, y; Teniendo en consideración el Informe Técnico N° 446- 2009-GART y el Informe Legal N° 449-2009-GART, ambos informes de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébese en 1,027 el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados a que se refi ere el Artículo 2° de la Ley N° 27510, aplicable en la facturación del período noviembre 2009 – enero 2010. Artículo 2°.- Apruébese el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al período noviembre 2009 – enero 2010. Programa de Transferencias Externas (En Nuevos Soles) Empresas Aportantes Edelnor Luz del Sur Fecha Límite de Transferencia 15/12/2009 15/01/2010 15/02/2010 15/12/2009 15/01/2010 15/02/2010 Adinelsa 27 162 27 607 28 122 46 853 46 646 46 574 Chavimochic 2 755 2 706 2 655 4 751 4 573 4 398