NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de setiembre de 2009 401955 Anticorrupción, debiendo ser considerado su Coordinador General, cuando ésta se constituya. Artículo 2º.- Plazo para la conformación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción Otorgar al señor GENARO LINO AGUSTÍN MATUTE MEJÍA el plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución, para que lleve a cabo las gestiones encomendadas en el artículo 1º. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 392745-1 AGRICULTURA Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de semillas botánicas de pino, de origen y procedencia Brasil SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 50-2009-AG-SENASA-DSV La Molina, 31 de agosto de 2009 VISTO: El ARP Nº 041-2009-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 22 de mayo de 2009, el cual busca establecer los requisitos fi tosanitarios para la importación de semillas botánicas de pino (Pinus spp) de origen y procedencia Brasil; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el SENASA publicará los requisitos fi to y zoosanitarios en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi carán a la OMC; Que, ante el interés de la empresa ARBORIZACIONES E.I.R.L. en importar semilla botánica de pino (Pinus spp.) procedente de Brasil, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inició el respectivo estudio con la fi nalidad de establecer los requisitosfi tosanitarios para la importación del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fi tosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008- AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolución Directoral Nº 34- 2007-AG-SENASA-DSV y con el visto bueno del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Establecer los requisitos fi tosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de semillas