Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2009 (04/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

401955

Anticorrupcion, debiendo ser considerado su Coordinador General, cuando esta se constituya. Articulo 2º.- Plazo para la conformacion de la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion Otorgar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el plazo de treinta (30) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion, para que lleve a cabo las gestiones encomendadas en el articulo 1º. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 392745-1

AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas botanicas de MORDAZA, de origen y procedencia Brasil
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 50-2009-AG-SENASA-DSV La MORDAZA, 31 de agosto de 2009 VISTO: El ARP Nº 041-2009-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 22 de MORDAZA de 2009, el cual busca establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion de semillas botanicas de MORDAZA (Pinus spp) de origen y procedencia Brasil; y,

Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la OMC; Que, ante el interes de la empresa ARBORIZACIONES E.I.R.L. en importar semilla botanica de MORDAZA (Pinus spp.) procedente de Brasil, la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolucion Directoral Nº 342007-AG-SENASA-DSV y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas

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