NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de setiembre de 2009 401967 Visto el Ofi cio P.1000-1213 del Director General del Personal de la Marina de fecha 14 de julio de 2009; CONSIDERANDO: Que, anualmente y en forma ininterrumpida durante los últimos VEINTIOCHO (28) años, la Armada Nacional de Brasil mediante sus Unidades Fluviales, realiza en el mes de julio visitas ofi ciales a la ciudad de Iquitos con motivo de nuestro aniversario patrio, en acto de reciprocidad con dicha Armada, la Marina de Guerra del Perú ha programado para el presente año, la Visita Operacional de Interoperatividad a los actos celebratorios por el 187º Aniversario de la República Federativa del Brasil, considerándose para tal fi n la asistencia del Comandante General de Operaciones de la Amazonía y Comandante de la Quinta Zona Naval, así como la delegación de Personal Naval que conforma la Comitiva Ofi cial y dotación del B.A.P. “MARAÑON” (CF-13); Que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Eduardo Augusto CAMINO Michalik, Comandante General de Operaciones de la Amazonia y Comandante de la Quinta Zona Naval, a partir del 5 al 9 de setiembre de 2009, así como la delegación de Personal Naval que conforma la Comitiva Ofi cial y dotación del B.A.P. ”MARAÑON” (CF-13), para que participen en la Visita Operacional de Interoperatividad durante los actos celebratorios por el 187º Aniversario de la República Federativa del Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos - REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, a partir del 4 al 9 de setiembre de 2009; por que fortalecerá los vínculos de amistad e incrementará las relaciones y medidas de confi anza mutua a nivel de Zonas Navales entre ambos países, en benefi cio de la Seguridad Nacional e Institucional; Que, el viaje se encuentra incluido en el Anexo 1 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009, Rubro 4: Actividades Operacionales, Ítem 4, aprobado por Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de visitas al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor Contralmirante Eduardo Augusto CAMINO Michalik, CIP. 01713966 y DNI 43332257, Comandante General de Operaciones de la Amazonia y Comandante de la Quinta Zona Naval, para que asista en Visita Operacional de Interoperatividad a los actos celebratorios por el 187º Aniversario de la República Federativa del Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos - REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, a partir del 5 al 9 de setiembre de 2009. Artículo 2º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval de la dotación y Comitiva Ofi cial que se detalla en la relación del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, a bordo del B.A.P. ”MARAÑON” (CF-13), para que participen en la Visita Operacional de Interoperatividad durante los actos celebratorios por el 187º Aniversario de la República Federativa del Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos - REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, a partir del 4 al 9 de setiembre de 2009. El referido anexo se publicará en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa www. mindef.gob.pe. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Manaos (Brasil) - Lima US$ 1,235.49 x 1 persona Viáticos: US$ 200.00 x 5 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 x 1 persona Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: US$ 48.00 X 6 días x 04 Ofi ciales Superiores US$ 40.00 X 6 días x 02 Ofi ciales Subalternos US$ 30.00 X 6 días x 39 Personal Subalterno US$ 21.00 X 6 días x 06 Personal de Marinería Artículo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º y el reemplazo de cualquier personal que por motivos de fuerza mayor no pueda participar en la referida Comisión de Servicio, sin exceder el total de días y cantidad de personal autorizado. Artículo 5º.- El referido Personal Naval, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 393017-6 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Colombia y Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 824-2009-DE/SG Lima, 31 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 830 de fecha 17 de agosto de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia sin armas de guerra; Que, en el mes de agosto de 2008 se realizó en la ciudad de Cartagena de Indias – Colombia, la XII Reunión del Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, acordándose que la próxima reunión se realizará en el Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de