Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2009 (11/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
se aprobo la siguiente: ORDENANZA

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complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para establecer la prorroga de la misma. Segunda.- ENCARGUESE a la Oficina de Rentas y a las demas Unidades Ejecutoras, el cumplimiento y debida aplicacion de la Ordenanza; asi como la adecuada difusion de la misma. Tercera.- ENCARGUESE a la Oficina de Secretaria General para que proceda a la publicacion de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 395007-1

ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO DE REGULARIZACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DEL MORDAZA Articulo Primero.- OBJETIVOS Y ALCANCE: La presente Ordenanza tiene por objeto establecer un beneficio de regularizacion tributaria y no tributaria dentro de la jurisdiccion del Distrito del MORDAZA, para aquellas personas naturales o juridicas que mantengan obligaciones pendientes de cancelacion abarcando deudas que se encuentren en la via ordinaria (incluido los convenios de fraccionamiento de pago) y en la via coactiva. El beneficio alcanza a las siguientes obligaciones: 1) OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: Aquellas obligaciones correspondientes a los ejercicios fiscales 1997 al 30 de Agosto del 2009, por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales (limpieza publica, parques y jardines y serenazgo), asi como a las deudas que se encuentren con convenio de fraccionamiento de pago. 2) OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS: Todas las Multas Administrativas, impuestas hasta el 30 de Agosto del 2009, que se encuentren comprendidas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado mediante la Ordenanza N° 106, asi como las deudas que se encuentren en convenio de fraccionamiento de pago. Articulo Segundo.- BENEFICIOS Durante la vigencia de la presente Ordenanza los Contribuyentes o administrados gozaran de los siguientes beneficios: 1) DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS EN GENERAL: Condonacion del 100% de los intereses moratorios y reajustes de las deudas originadas por los conceptos comprendidos en el numeral 1) del articulo primero de la presente Ordenanza. En cuanto a las deudas que se encuentren con convenio de fraccionamiento se podran acoger a la presente Ordenanza, exonerandose el interes moratorio de las cuotas pendientes de pago. La forma de pago sera al contado, pudiendo cancelarse por ano adeudado. 2) DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS CORRESPONDIENTES A LOS ARBITRIOS MUNICIPALES: Ademas de la condonacion senalada en el numeral anterior, se aplicara el descuento al monto insoluto adeudado, hecho que se advierte en el siguiente recuadro: EJERCICIOS FISCALES 2006 Y ANOS ANTERIORES 2007 ­ 2008 ­ 30 AGOSTO 2009 PORCENTAJE DE DESCUENTO DEL INSOLUTO 50% 30%

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Establecen beneficio de regularizacion de obligaciones tributarias y no tributarias en el distrito
ORDENANZA Nº 199 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del MORDAZA visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 07.09 .09; el Informe Nº 077-2009-GRDEL-MDR de fecha 27.08.09 de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local; el Informe N° 4202009-OAJ-MDR de fecha 01.09.09 de la Oficina de Asuntos Juridicos; referido a Proyecto de Ordenanza de Beneficio Tributario y No Tributario en el Distrito del Rimac; y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional N° 27680, que establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200° del mismo cuerpo legal; Que, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N ° 135-99/EF, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 41° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley, y que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, la actual Administracion Municipal, conciente de la dificil situacion economica por la que vienen atravesando la mayoria de vecinos de la jurisdiccion, generada por la crisis financiera que afecta nuestro MORDAZA, se siente en la obligacion de brindar a sus administrados las mayores facilidades y estimulos para el cumplimiento de sus obligaciones de caracter tributario y no tributario; y Estando a lo MORDAZA expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) y 9) del Articulo 9º y por el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA en mayoria de los senores Regidores, con la dispensa del tramite de Dictamen de la Comision de Regidores y de lectura y aprobacion del Acta

La forma de pago sera al contado, pudiendo cancelarse por ano adeudado. 3) DE LAS MULTAS NO TRIBUTARIAS: Las Multas Administrativas impuestas hasta el 30 de Agosto del 2009, tendran un descuento conforme al siguiente cuadro: TRAMOS POR MONTO DE OBLIGACION HASTA 2 UIT * MAYOR A 2 UIT * PORCENTAJE DE DESCUENTO 90% 50%

· Vigente al momento de la imposicion de la multa. · Se aplicara el porcentaje senalado siempre y cuando el pago sea al contado. Articulo Tercero.- DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA Se podran acoger a la presente Ordenanza aquellos

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