Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2009 (12/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

402459

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Tercer, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Callao, quedara conformada de la siguiente manera:
Juez de Paz Letrado

Asistente de Juez

Establecen conformacion del cuadro de asignacion de personal del Primer, MORDAZA, Tercer, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Callao
CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 026-2009-CED-CSJC/PJ Callao, 24 de agosto de 2009 VISTO: El Informe remitido por las Senoras Jueces de los Juzgados de Paz Letrados de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Que, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital, entre otras, vigilar la pronta administracion de justicia, adoptar las medidas que requiera el regimen interior del Distrito Judicial y adoptar los acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de las Cortes Superiores de Justicia funcionen con eficiencia y oportunidad; Que, los senores Jueces de Paz Letrados de esta Corte Superior han elevado al Consejo Ejecutivo Distrital una propuesta para modificar la estructura de cada organo jurisdiccional para hacerla mas eficiente y eficaz; al respecto es de apreciar que el actual cuadro de asignacion de personal de los Juzgados de Paz Letrados esta formado de la siguiente manera: Tres Secretarias en lo Civil y una Secretaria en lo Penal, contando con un Tecnico Judicial solamente las Secretarias Civiles mientras que la Secretaria en lo Penal carece de Tecnico Judicial, hecho este ultimo que esta generando un notorio retraso en la tramitacion de los procesos penales con el consiguiente malestar de los usuarios de la administracion de justicia y el descredito de la justicia de paz letrada, no siendo posible asignar un Tecnico Judicial para las Secretarias Penales de los seis Juzgados de Paz Letrados, ya que esta Corte Superior adolece de personal disponible y no se puede contratar MORDAZA personal por prohibicion de la Ley Anual del Presupuesto de la Republica, por lo que solo nos queda adecuar los organos jurisdiccionales de acuerdo a la realidad en que vivimos, sin perjudicar el normal desenvolvimiento del servicio. Que, del informe de visto, se aprecia que las Secretarias en lo Penal necesitan con urgencia de la asignacion de un Tecnico Judicial, por lo que los Magistrados de la Justicia de Paz Letrada proponen que se desactive una Secretaria en lo Civil, cuyo titular pasara a ser Asistente de Juez ya que carecen de este organo de apoyo y el Tecnico Judicial de esa Secretaria a desactivarse se le asignara al Secretario en lo Penal de cada Juzgado, propuesta que resulta racional y viable, debiendo redistribuirse la carga procesal de la Secretaria en lo Civil desactivada entre las dos Secretarias Civiles. Por estos fundamentos, y estando a las facultades conferidas por el articulo 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del Senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber justificado su inasistencia, por unanimidad: RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha el cuadro de asignacion de personal del Primer, MORDAZA,

Civil 2 Secretario Civil 1

Secretario Civil 2

Secretario Penal

Tecnico Judicial

Tecnico Judicial

Tecnico Judicial

Articulo Segundo.- FACULTAR a los senores Jueces de Paz Letrados a que se refiere el articulo primero, adoptar internamente las medidas pertinentes, a fin de dar cumplimiento a la presente resolucion. Articulo Tercero.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital, de los senores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, del Administrador de los Juzgados de Paz, del Administrador del Centro de Distribucion General y de la Oficina Distrital de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUMAN MORDAZA ANCHANTE MORDAZA MORDAZA J. ARBULU MORDAZA 396217-1

Disponen permanencia de Juez Provisional del Decimo Octavo Juzgado Laboral de MORDAZA y de Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de Huaycan
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 552-2009-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 9 de setiembre del 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante el Ingreso Nº 44310-09 la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mazuelos, Juez Titular Decimo Octavo Juzgado Laboral de MORDAZA, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones del 10 de setiembre al 09 de octubre del presente ano. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior resulta necesario designar al magistrado que se MORDAZA cargo del Decimo Octavo Juzgado Laboral de MORDAZA, mientras dure el periodo de vacaciones de la doctora MORDAZA Mazuelos. Que, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de la MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el

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