Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2009 (12/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de setiembre de 2009

RELACIONES EXTERIORES
Delegan facultades para suscribir Adenda Modificatoria al "Estatuto Migratorio Permanente Peruano Ecuatoriano en la Region de Integracion Fronteriza Ampliada"
RESOLUCION SUPREMA Nº 300-2009-RE MORDAZA, 11 de setiembre de 2009 Visto la Memorandum (DDP) Nº DDP0220/2009 de 1 de septiembre de 2009 de la Direccion General de Derechos de los Peruanos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiendose suscribir la Adenda Modificatoria al "Estatuto Migratorio Permanente Peruano Ecuatoriano en la Region de Integracion Fronteriza Ampliada"; De conformidad con lo establecido en el articulo 5.6º de la Ley Nº 29357 de 30 de MORDAZA de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de MORDAZA de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en la persona del senor Embajador Max MORDAZA de la Fuente MORDAZA, Subsecretario de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, las facultades suficientes para que suscriba la Adenda Modificatoria al "Estatuto Migratorio Permanente Peruano Ecuatoriano en la Region de Integracion Fronteriza Ampliada". Articulo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al senor Embajador Max MORDAZA de la Fuente MORDAZA, Subsecretario de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 396768-9

anos de edad el 21 de septiembre de 2009, segun lo acredita la partida de nacimiento que obra en su Foja de Servicios; De conformidad con el articulo 18º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley Nº 29318; y los articulos 43º inciso a) y 44º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pasar a la situacion de retiro a la Embajadora en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, a partir del 21 de septiembre de 2009, por cumplir en la citada fecha los 70 anos de edad. Articulo 2º.- Darle las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 396768-10 RESOLUCION SUPREMA Nº 302-2009-RE MORDAZA, 11 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 18º de la Ley Nº 28091 Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, y su modificatoria la Ley Nº 29318, la situacion de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomatico se encuentra apartado definitivamente de la situacion de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta anos de edad o veinte anos en cualquier categoria, lo que ocurra primero; Que, el pase a la situacion de retiro por limite de edad, se MORDAZA efectivo, de oficio, mediante Resolucion Suprema, al cumplir el funcionario diplomatico la edad de setenta anos establecida por la Ley; Que, el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ruiz-Caro, cumplira 70 anos de edad el 27 de septiembre de 2009, segun lo acredita la partida de nacimiento que obra en su Foja de Servicios; De conformidad con el articulo 18º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley Nº 29318; y los articulos 43º inciso a) y 44º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pasar a la situacion de retiro al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ruiz-Caro, a partir del 27 de septiembre de 2009, por cumplir en la citada fecha los 70 anos de edad. Articulo 2º.- Darle las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 396768-11

Pasan a situacion de retiro a Embajadores por limite de edad
RESOLUCION SUPREMA Nº 301-2009-RE MORDAZA, 11 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 18º de la Ley Nº 28091 Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, y su modificatoria la Ley Nº 29318, la situacion de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomatico se encuentra apartado definitivamente de la situacion de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta anos de edad o veinte anos en cualquier categoria, lo que ocurra primero; Que, el pase a la situacion de retiro por limite de edad, se MORDAZA efectivo, de oficio, mediante Resolucion Suprema, al cumplir el funcionario diplomatico la edad de setenta anos establecida por la Ley; Que, la Embajadora en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, cumplira 70

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