NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (17/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de setiembre de 2009 402678 Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2008- PCM, se declaró nuevamente el Estado de Emergencia en el departamento de Ica, en las provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima, en las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y los distritos de Acobambilla y Manta de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) días naturales, hasta el 7 de setiembre de 2009; Que, mediante Ofi cio Nº 701-2009-SUNARP-GL/SG recibido el 13 de agosto de 2009, el Ministerio de Justicia ha solicitado la prórroga de la Declaratoria de Estado de Emergencia a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 043- 2009-PCM, por encontrarse aún en trámite el saneamiento físico legal de las zonas afectadas por el sismo del 15 de agosto de 2007; Que, mediante Ofi cio Nº 701-2009-/GOB. REG. HVCA/PR recibido el 2 de setiembre de 2009, el Gobierno Regional de Huancavelica ha solicitado la prórroga de la Declaratoria de Estado de Emergencia a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 043-2009-PCM, acompañando sustento técnico en el cual detalla las acciones de rehabilitación y reconstrucción ejecutados y en proceso, en los sectores de Educación, Agricultura, Salud, Vivienda y Transportes; Que, debido a que las condiciones de emergencia en los lugares afectados por los fuertes sismos del pasado mes de agosto de 2007 se mantienen vigentes, y habiendo vencido el plazo de la declaratoria del estado de emergencia el día 7 de setiembre de 2009, es necesario volver a declarar el estado de emergencia, con el fi n de que se continúen las acciones destinadas a la atención de la población damnifi cada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas; y, De conformidad con el inciso 1 del artículo 137º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Declaración del estado de emergencia Declárese el Estado de Emergencia en el departamento de Ica, en las provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima; y en las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y los distritos de Acobambilla y Manta de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) días naturales. Artículo 2º.- Ejecución de Acciones La Presidencia del Consejo de Ministros, los Ministerios de Agricultura, Salud, Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Producción, de Transportes y Comunicaciones, de la Mujer y Desarrollo Social, de Educación, de Energía y Minas, de Defensa, de Economía y Finanzas, de Trabajo y Promoción del Empleo, y de Justicia, y los Organismos Públicos que correspondan, así como el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; ESSALUD; los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales respectivos, ejecutarán las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas, así como en caso sea necesario, continuarán con la ejecución de las acciones iniciadas al amparo del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, del Decreto Supremo Nº 084-2008-PCM y sus ampliatorias, del Decreto Supremo Nº 026-2009-PCM y Decreto Supremo Nº 043-2009-PCM. Artículo 3º.- Refrendo ministerial El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Salud, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de la Producción, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Educación, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Defensa, el Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministro de Justicia. Artículo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de la Producción ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas RAFAEL REY REY Ministro de Defensa LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 398658-1 Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 242-2009-PCM Lima, 16 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Debate General del 64º Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas se realizará en Nueva York, Estados Unidos de América, entre los días 22 y 30 de setiembre de 2009; Que, la participación del Perú en este foro multilateral constituye una importante oportunidad para la promoción de los intereses nacionales inscritos dentro de los objetivos de desarrollo, cooperación, paz y seguridad de la política exterior del Estado peruano; Que, adicionalmente, en el marco de la Asamblea General se ha previsto la realización de la Conferencia para la Facilitación de la Entrada en Vigor del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT); un Debate de Alto Nivel en materia de Cambio Climático, así como una Reunión de Alto Nivel por el 60º Aniversario de las Convenciones de Ginebra sobre Derecho Internacional Humanitario; Que, asimismo, se ha previsto la celebración de reuniones de coordinación y consulta a nivel de la Comunidad Andina (CAN) que preside el Perú, de la Cumbre América del Sur - Países Árabes (ASPA) de la cual el Perú será sede en 2011, del Grupo de Río, de la Unión Sudamericana de Naciones (UNASUR), del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), de la Cumbre Iberoamericana, de la Alianza de las Civilizaciones y de