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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (17/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de setiembre de 2009 402692 documentos que se requieran para implementar la citada operación. Artículo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeudamiento interno que se aprueba mediante el artículo 1º de la presente norma legal, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda pública. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 398658-6 Autorizan viajes de representantes del Ministerio a Bélgica para participar en la Reunión Adicional para la suscripción de un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y Países Andinos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 092-2009-EF Lima, 16 de setiembre de 2009 Visto el Memorando N° 073-2009-EF/15.01 de fecha 04 de setiembre de 2009, del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 21 al 25 de setiembre de 2009, se desarrollará en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, la Reunión Adicional para la suscripción de un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y Países Andinos; Que, mediante Facsímiles Circulares N°s. 319 y 354- 2009-MINCETUR/VMCE/DNINCI, el Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, cuya presencia sea requerida por los distintos grupos de negociación; Que, en tal sentido con el Ofi cio N° 249-2009- EF/15.01 se designó a los señores José Carlos Farfán Vásquez, Asistente en Servicio Económico Financiero II, David Dall’Orto Cacho y Carlos Enrique Gallardo Torres, Consultores de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada, como representantes del Ministerio de Economía y Finanzas para que participen en la mencionada reunión; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dichos viajes, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27619 y 29289 y en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, los viajes en comisión de servicio de los señores JOSE CARLOS FARFAN VÁSQUEZ, DAVID DALL’ORTO CACHO y CARLOS ENRIQUE GALLARDO TORRES, representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 18 al 26 de setiembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Señor José Carlos Farfán Vásquez Pasajes : US $ 2 300,00 Viáticos : US $ 1 820,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 31,00 Señor David Dall’Orto Cacho Pasajes : US $ 2 300,00 Viáticos : US $ 1 820,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 31,00 Señor Carlos Enrique Gallardo Torres Pasajes : US $ 2 300,00 Viáticos : US $ 1 820,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 31,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, los referidos representantes, deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los representantes cuyos viajes se autorizan. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 398658-12 Autorizan viaje de profesional de CONASEV a Bélgica para participar en la Reunión Adicional para la suscripción de un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y Países Andinos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 093-2009-EF Lima, 16 de setiembre de 2009 Vistos, los Ofi cios Nºs 3719 y 3825-2009-EF/94.04.1, de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV-, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 21 al 25 de setiembre de 2009, se desarrollará en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, la Reunión Adicional para la suscripción de un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y Países Andinos; Que, mediante Facsímiles Circulares Nºs 319 y 354- 2009-MINCETUR/VMCE/DNINCI, el Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios de la CONASEV, en las diferentes mesas de negociaciones;