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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (18/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de setiembre de 2009 402818 2. Poder con fi rma legalizada que acredite la representación invocada, en caso de persona natural. 3. Copia certifi cada de la fi cha registral actualizada de inscripción del poder o de escritura pública, para el caso del representante legal de personas jurídicas. Artículo Noveno.- De la pérdida del fraccionamiento El incumplimiento en el pago de dos (02) cuotas seguidas o alternadas, entendiéndose por no pago, el pago parcial de una de las cuotas, o el no pago de la última cuota del fraccionamiento, automáticamente da lugar a la emisión de la Resolución de Pérdida del Benefi cio y a la posterior ejecución de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad de la amortización e intereses correspondientes que se encuentren pendientes de pago, actualizados con el cien por ciento (100%) de la Tasa de Interés Moratorio (TIM) desde la fecha de suscripción del fraccionamiento. Artículo Décimo.- De la Tasa de Interés de Fraccionamiento (TIF) A la deuda tributaria fraccionada se le aplicará un interés equivalente al ochenta por ciento (80%) mensual de la Tasa de Interés Moratorio (TIM) vigente. Artículo Decimoprimero.- Facultad discrecional El Gerente de Administración Tributaria de manera excepcional podrá autorizar el otorgamiento de un mayor número de cuotas o la modifi cación del monto de la cuota inicial, según las modalidades de fraccionamiento descritas en la presente Ordenanza, teniendo en cuenta los criterios precedentes que correspondan a cada caso. CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Del cumplimiento Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización, así como a la Gerencia de Administración y Finanzas, través de sus unidades orgánicas respectivas, el cumplimento de la presente Ordenanza, encargándose a la Subgerencia de Comunicaciones su difusión. Segunda.- De la prioridad Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza, facultándose a que, mediante Decreto de Alcaldía, el Señor Alcalde dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento y prórroga de su vigencia. Tercera.- De la ejecución coactiva de deudas. Las deudas tributarias que se encuentran en proceso de cobranza coactiva, inclusive en las que se haya dictado medida cautelar fi rme, se acogerán al presente benefi cio, con excepción del fraccionamiento, siempre y cuando se cubran los gastos administrativos y costas que se haya originado en el procedimiento coactivo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 398924-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA. Modifican el Reglamento para la Gestión y Administración del Centro Histórico de Ayacucho ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2009-MPH/A. Ayacucho, 2 de setiembre de 2009 EL SEÑOR ALCALDE DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 130-2009-MPH/CM de fecha 29 de agosto del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, las Municipalidades cumplen su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las ordenanzas municipales, los cuales de conformidad con el numeral 4) del artículo 200 de la Constitución Política del Perú tiene rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los decretos legislativos, los decretos de urgencia y las normas regionales de carácter general; Que, la Subgerencia del Centro Histórico de la Municipalidad Provincial de Huamanga en aplicación de la Primera Disposición Final del “Reglamento para la Gestión y Administración del Centro Histórico” aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 037-2007-MPH/A, se encarga de la actualización y presentación anual del referido reglamento, adecuando al cumplimiento efectivo de sus fi nes y adaptando a los requerimientos de nuestra realidad; por lo que, en virtud a ello ha planteado se modifi que el ANEXO VI: Tabla Nº 2 “ Cuadro de Usos Permitidos para la Ubicación de Actividades en el Centro Histórico de Ayacucho”; documentos normativos que se encuentran a la par con la Ley Nº 28976 “Ley de Marco de Licencia de Funcionamiento”; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 20º, inciso 6 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamanga, en votación por unanimidad de votos de los miembros del Pleno del Concejo; promulga la siguiente Ordenanza Municipal. “ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE AYACUCHO, APROBADO POR ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2008-MPH/A, REFERENTE AL ANEXO VI: TABLA Nº 2 “CUADRO DE USOS PERMITIDOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL CENTRO HISTÓRICO DE AYACUCHO” Artículo Primero.- MODIFIQUESE el Anexo VI: Tabla Nº 02 “Cuadro de Usos Permitidos para la Ubicación de Actividades en el Centro Histórico de Ayacucho”, del Reglamento para la Gestión y Administración del Centro Histórico de Ayacucho” aprobado por Ordenanza Municipal Nº 011-2008-MPH/A, con fecha 05 de marzo del 2008; concerniente a las actividades: Centros y galerías comerciales (Código 30-05) e Instituciones Educativas Iníciales, guarderías (Código 80-02). Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ayni Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Sub Gerencia del Centro Histórico, Gerencia de Servicios Públicos y demás órganos estructurados de la Municipalidad el cumplimiento estricto de la presente ordenanza, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y será publicado en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huamanga (www.munihuamanga.gob.pe) en la misma fecha. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General, Sub Gerencia de Sistemas y Unidad de Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial de Huamanga la difusión de la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GERMAN S. MARTINELLI CHUCHON Alcalde 398147-1