NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (18/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 77
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de setiembre de 2009 402815 Ley, son únicos y de aplicación obligatoria a nivel nacional. Además en la sétima disposición fi nal de la referida Ley indica que los procedimientos administrativos, iniciados al amparo de la normativa anterior a la entrada en vigencia de la presente Ley, se regirán por dichas normas hasta su culminación, salvo que, por solicitud escrita del administrado, se acoja a lo establecido en esta Ley; Que, conforme establece el Artículo 4º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, las municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción, tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículos 51º y 52º, para la procedencia de una pretensión administrativa es necesario establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la administración, así como el interés legítimo de éste para obrar y que este sea actual y cierto; y, si esto es así, de conformidad con el Artículo 75º de la Ley acotada, corresponden a la administración verifi car si los documentos y/o recaudos que el administrado presenta, cumplen con los requisitos exigidos por la entidad y en aplicación del Principio de Presunción de Veracidad, plasmado en el Artículo 42º de la Ley acotada, suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de las probanzas que pueda ejercer la administración para el logro del objetivo del servicio pretendido, debiendo causar convicción a la autoridad administrativa para su procedencia; Que, obra Copia Literal del asiento C00021 de la Partida Nº 11301888 del Registro de Personas Jurídicas donde consta el nombramiento de señor Pablo Seminario Butrich con D.N.I. Nº 10266494 como apoderado de HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. otorgándose al mismo las facultades de representación ante toda clase de autoridades administrativas a efectos de realizar todos los trámites y procedimientos administrativos necesarios para el desarrollo de proyectos inmobiliarios, entre ellos los procedimientos de Habilitación Urbana; asimismo obra copia de la Ficha Nº 1144635 con Partida Nº 43151789 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, correspondiente al predio materia de la presente solicitud de Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana, la misma que tiene como titular a HIPERMERCADOS TOTTUS S.A.; acreditándose de esta manera la legitimidad para obrar en el presente procedimiento; Que, de acuerdo a lo expuesto en el informe 345-2008- MDSJL-GDU/AL de la Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urban; y, Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Decreto Supremo Nº 024 - Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Ordenanza Nº 1081-MML, Ordenanza Nº 341-MML. Ordenanza Nº 836-MML y de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- ADECUAR a la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, de acuerdo a la solicitud presentada por HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. debidamente representado por su apoderado, señor Pablo Seminario Butrich, mediante Anexo Nº 08 del Expediente Administrativo Nº 60250-H1-2007 de fecha 13 de marzo del 2009, de conformidad con la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29090. Artículo Segundo.- APROBAR, el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva como Lote Único con Construcción Simultánea para Uso de Comercio Vecinal CV, de conformidad con el Plano de Lotización, Plano Perimétrico y Topográfi co y el Plano de Ubicación y Localización, signados con el Plano Nº 017-2009- HUSGHU-GDU/MDSJL, Nº 018-2009-HUSGHU-GDU/MDSJL y el Nº 019-2009-HUSGHU-GDU/MDSJL respectivamente; del terreno de 6,900.00 m2, ubicado en el Sector Nº 3 de la Urbanización Los Jardines de San Juan, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, solicitada por HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. debidamente representado por su apoderado, señor Pablo Seminario Butrich. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a HIPERMERCADOS TOTTUS S.A., para ejecutar en el plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana de conformidad con los planos signados con el Nº 017-2009-HUSGHU- GDU/MDSJL, Nº 018-2009-HUSGHU-GDU/MDSJL y el Nº 019-2009-HUSGHU-GDU/MDSJL debiendo sujetarse los trabajos a los planos fi rmados y sellados por los entes ofi ciales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: ÁREA TOTAL BRUTA 6,900.00 m2 ÁREA ÚTIL DE LOTE ÚNICO 4,291.82 m2 ÁREA DE VÍAS 2,608.18 m2 PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Subrasante.- En las calzadas de las vías, se realizará la nivelación del terreno natural, eliminando todo material que contenga restos orgánicos, se procederá a su escarifi cado en una profundidad de 0.20 m. y para aumentar la capacidad portante de dicho terreno, se agregará material granular; posteriormente se mezclará con riesgos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad, compactándose hasta alcanzar el 95% como mínimo, de la densidad Proctor modifi cado, para un índice CBR, mínimo de 20. Esta capa admite partículas sólidas hasta el 2” de diámetro. Base.- En las calzadas de las vías, como base se utilizará una capa de material de afi rmado, de a 0.15 m. de espesor. El material de afi rmado provendrá de cantera seleccionada y debe contener proporciones adecuadas de materiales gruesos, fi nos y ligantes; admitiéndose partículas sólidas de un diámetro máximo de 1 ½”. Para la colocación de esta capa, previamente se mezclará el material de afi rmado aplicando riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad, compactándose hasta alcanzar como mínimo el 95%, como mínimo, de la densidad Proctor modifi cado método C, para un índice C.B.R. de 80. Superfi cie de Rodadura y Desgaste.- Estará constituida por una capa de asfalto caliente de 2” de espesor compactado, colocada previa imprimación cuidadosa y uniforme de la capa de base. ACERAS.- Serán de concreto de calidad de 175 kg/cm2 de 0.10 m. de espesor, construidas sobre un terraplén compactado, conformado por material de buena calidad. El acabado será con polvo de cemento puro debidamente nivelado y frotachado, conformando una losa monolítica con dicha acera. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m. y los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. SARDINELES.- En los extremos libres de las aceras, se construirá un sardinel de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica con ellas y de dimensiones 0.15 m. x 0.30 m. En el extremo libre de la calzada, a nivel de ella, confi nando y protegiendo sus bordes, se construirán sardineles de concreto de calidad de 210 kg/cm2 y de dimensiones de 0.15 m. x 0.30 m. RAMPAS PEATONALES.- En ambos extremos de los abanicos de las aceras se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas; de concreto de calidad igual a las aceras, de 0.90 ml. de ancho, de acabado con superfi cie antideslizante y limitada por planos laterales inclinados. ESTACIONAMIENTOS VEHICULARES.- Las zonas de estacionamiento vehicular, para su construcción, tendrán las mismas características de subrasante, base y superfi cie de rodadura y desgaste, que las descritas para las calzadas de las vías. OBRAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO.- Las obras para los servicios de agua potable y alcantarillado serán ejecutadas de conformidad con los proyectos que serán aprobados por SEDAPAL, los mismos que se desarrollarán cumpliendo las normas y requisitos que dicha empresa establece, basados en redes públicas, bajo superfi cie, con interconexión a las redes públicas de los mismos servicios existentes en el sector. OBRAS DE ELECTRIFICACIÓN.- Las obras de abastecimiento de energía eléctrica serán ejecutadas de conformidad con los proyectos que serán aprobados por EDELNOR, basadas en el punto de alimentación que designará la empresa concesionaria del servicio y la conducción de la energía será por redes públicas de