NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (18/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 69
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de setiembre de 2009 402807 - Decreto Supremo Nº 142-2009-EF - Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Ley N° 29298 modifi catoria de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Instructivo N° 002-2008-EF/76.01 – Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución de los proyectos de inversión pública de impacto distrital; Artículo 3º. - Principios Rectores Los principios rectores del Proceso del Presupuesto Participativo, son: a) Competencia.- Los proyectos de inversión priorizados durante el proceso, deben responder a las competencias de la Municipalidad de Independencia. b) Programación.- Los proyectos de inversión que se propongan y se prioricen en el Proceso del Presupuesto Participativo, deben responder a los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Concertado del distrito. c) Coordinado.- Las instituciones públicas o privadas que desarrollan actividades en el distrito, deben armonizar, articular o realizar acciones conjuntas, a fi n de evitar duplicidades en el gasto. d) Concertado.- Los problemas, soluciones o potencialidades de desarrollo de ámbitos en el distrito deben ser concertados en el marco del proceso. e) Sostenibilidad y Multianualidad.- La priorización de los proyectos de inversión, debe tomar en cuenta la efectiva disponibilidad de recursos y la sostenibilidad de su fi nanciamiento, incluido los gastos que requiera su mantenimiento, con un horizonte multianual. f) Flexibilidad.- El proceso debe tener la capacidad de adaptarse a situaciones coyunturales. g) Participativo.- El proceso debe contener mecanismos de participación de la sociedad civil. h) Con igualdad de Oportunidades y Equidad de Género: El proceso debe incidir en atender a los sectores vulnerables de la población, y debe haber equidad de género, evitando la exclusión de cualquier sector de la población. Artículo 4º.- Objetivos del Proceso a) Evaluar la gestión municipal del año anterior. b) Normar la organización y dinámica del Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Independencia y su adecuada programación. c) Reforzar la relación Estado-Sociedad con el ejercicio de mecanismos democráticos y representativos, generando compromisos y responsabilidades compartidas en el proceso de desarrollo y asignación presupuestal, priorizándose acciones concertadas que refuercen los vínculos de identidad, pertenencia y confi anza. Artículo 5º.- Defi niciones a) Presupuesto Participativo: El Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado–Sociedad, mediante el cual se defi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementarse en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. b) Agentes Participantes: Entiéndase por Agentes Participantes a quienes participan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y de proyectos de inversión durante las fases del Proceso del Presupuesto Participativo. d) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a las Organizaciones e Instituciones privadas dentro del ámbito local. e) Plan de Desarrollo Concertado: Documento orientador del desarrollo local y del Proceso del Presupuesto Participativo, que contiene los cuadros sobre visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad, en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Sobre su base se identifi can, analizan y priorizan los problemas y soluciones a través de proyectos de inversión durante la Fase de Concertación. f) Talleres de Trabajo: Reuniones de Agentes Participantes convocados por el Alcalde con la fi nalidad de identifi car desde una perspectiva temática y territorial los problemas de la Región, provincia o distrito, así como también la priorización de los proyectos de inversión. Capítulo II Ámbito y Alcance, Rol de los Actores del Proceso y Cumplimiento Artículo 6º.- Ámbito y Alcance Se encuentran comprendidos dentro del presente Reglamento: - El Alcalde Distrital. - Regidores del Concejo Municipal. - Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD. - Las Mesas de Temáticas de Concertación instaladas y en funcionamiento en el distrito. - Las Instituciones del Sector Público que trabajan en el distrito de Independencia. - La Sociedad Civil. - El Sector Privado. - Los ciudadanos interesados en general. - Las Organizaciones No Gubernamentales que desarrollan trabajos en el territorio distrital. - El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo. Artículo 7°.- Rol de los Actores del Proceso 7.1. Del Alcalde a) Convocar a reuniones previas al Consejo de Coordinación Local Distrital a fi n de articular y armonizar la programación de las actividades del proceso. b) Organizar las actividades del Proceso Participativo para cada año fi scal, haciéndolas de conocimiento público a través de los medios de comunicación más adecuados. c) Establecer el monto del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo del respectivo año fi scal, que será el resultante de restar del total del presupuesto proyectado de inversiones, la elaboración de estudios de preinversión en la proporción que la normatividad presupuestal establezca, el fi nanciamiento que garantice la ejecución o culminación de los proyectos considerados en los Programas de Inversiones de los años anteriores, la operación y mantenimiento de los proyectos culminados y los programas o proyectos estratégicos establecidos por la Municipalidad. El monto respectivo es difundido a través del portal web de la Municipalidad. d) Proponer la cartera de Proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo. e) Disponer que sus funcionarios entreguen toda la información que garantice la transparencia y el buen desarrollo del proceso. f) Disponer la actualización permanente de la información contenida en el aplicativo interactivo para el proceso participativo. g) Participar activamente en las distintas fases del proceso y en los diferentes talleres, así como informar y presentar a los Agentes Participantes y al Comité de Vigilancia los acuerdos que se hayan venido adoptando a lo largo del proceso. h) Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el Proceso del Presupuesto Participativo y desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos. i) Disponer la evaluación técnica de los proyectos identifi cados para su priorización en los talleres del proceso participativo. 7.2. Del Concejo de Coordinación Local Distrital a) Coordinar y concertar los aspectos inherentes para el Proceso del Presupuesto Participativo. b) Verifi car que el Presupuesto Participativo se sujete al Plan de Desarrollo Local Concertado Distrital, a la Visión General y a los lineamientos estratégicos de los mismos. c) Promover la incorporación en el Presupuesto Institucional de los proyectos de inversión priorizados participativamente. d) Coordinar con el Comité de Vigilancia el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo del año anterior.