Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2009 (19/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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de evaluacion con los Organizadores Responsables y aquellos Funcionarios que los mencionados organizadores estimen necesarios 10) Resolucion y Certificado de Organizacion: Culminadas las evaluaciones que correspondan, esta Superintendencia emitira la resolucion correspondiente o comunicara la denegatoria de la solicitud, en un plazo no mayor de 90 dias calendario. Junto con la resolucion de autorizacion de organizacion, la Superintendencia otorga el Certificado correspondiente. Dicho certificado sera publicado por los interesados, dentro de los treinta (30) dias calendarios de su expedicion en el Diario Oficial El Peruano, bajo sancion de caducidad al termino de dicho plazo. Los organizadores deberan otorgar la escritura publica correspondiente en la que necesariamente se inserta dicho certificado, bajo responsabilidad del notario publico interviniente. El certificado de autorizacion de organizacion caduca a los dos anos de otorgado. Autorizacion de Funcionamiento.11) Comprobaciones: Los organizadores responsables comunicaran por escrito, en una sola oportunidad, el haber cumplido con todos los requisitos exigidos para el funcionamiento de la empresa de acuerdo a la informacion presentada en la etapa de organizacion. A dicha comunicacion se debera adjuntar la siguiente informacion: a) MORDAZA autenticada por fedatario de la Superintendencia de la escritura publica de constitucion debidamente inscrita en los Registros Publicos; b) Relacion actualizada de Directores y de Funcionarios, adjuntando respecto a ellos, la informacion senalada en el numeral 6) del presente articulo; c) Manuales de politicas y procedimientos y demas documentos pertinentes. d) Presentar numero de Registro Unico de Contribuyentes (RUC). e) Presentar MORDAZA de las polizas de seguros a que se refiere el numeral 2) f) del presente articulo. f) Presentar MORDAZA de los contratos referidos en el numeral 2) g) del presente articulo, segun corresponda. Dentro del MORDAZA de comprobacion, la Superintendencia podra realizar visitas de inspeccion y reuniones con los Organizadores Responsables, Directores y Principales Funcionarios, asi como solicitar cualquier informacion y documentacion que considere necesaria. Esta Superintendencia se reserva el derecho de solicitar mayor informacion a la empresa luego de haber recibido la solicitud para la Visita de Comprobacion, en funcion a los cambios ocurridos respecto al expediente original de organizacion y/o del tiempo que MORDAZA transcurrido entre la emision del Certificado de Organizacion y la MORDAZA de la comunicacion sobre el cumplimiento de los requisitos para funcionamiento, en la medida en que podrian haber variado los supuestos iniciales del proyecto y/o el entorno economico, factores que podrian afectar el perfil de riesgo de la empresa. 12) Resolucion y Certificado de Funcionamiento: Culminadas sin observaciones las comprobaciones referidas en el rubro anterior y dentro de un plazo no mayor de treinta (30) dias calendarios de efectuadas las mismas, la Superintendencia expide la correspondiente resolucion, y de ser autoritativa, otorga un certificado de autorizacion de funcionamiento. Este certificado debe ser publicado por los organizadores responsables por dos (2) veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano y la MORDAZA en un diario de extensa circulacion nacional. Ademas, dicho certificado debera exhibirse permanentemente en la oficina principal de la empresa, en lugar visible al publico. La empresa debera iniciar operaciones en el lapso de tres (3) meses de otorgado el certificado de autorizacion de funcionamiento, periodo dentro del cual debera fijar fecha cierta de inicio de sus operaciones, haciendo de conocimiento publico tal hecho en un medio de difusion masivo previo a su entrada al mercado.

Precisiones respecto a los requerimientos de informacion La informacion relevante en materia juridica en cualquier idioma diferente del Espanol sera traducida a este para su MORDAZA a la Superintendencia. Dicha traduccion debera incluir el nombre del traductor y su firma. Para toda discrepancia en interpretacion, primara la version en espanol. Toda declaracion jurada que se realice de acuerdo a los requerimientos de la presente MORDAZA debe concluir con una referencia de que en caso se detecte fraude o falsedad en dicha declaracion, conforme lo dispone el articulo 32.3º de la Ley Nº 27444, se anulara el acto administrativo basado en dicha declaracion, sin perjuicio de las multas aplicables y las acciones penales a que hubiere lugar si la conducta se adecua a uno de los supuestos previstos para los delitos contra la Fe Publica. Excepcion del Certificado de Garantia y aporte en efectivo Se exceptua del requisito de presentar el certificado de garantia senalado en el articulo 21º de la Ley General, asi como del aporte en efectivo del capital social, en los casos de conversion, constitucion de subsidiarias por fusion o escision de empresas, transformacion de sucursales de empresas del exterior en persona juridica, fusion, escision, u otra forma de reorganizacion realizadas en la forma prevista en la Ley General de Sociedades. Incompatibilidades para ejercer cargo de directores y gerentes Precisar que las disposiciones contenidas en los articulos 81º y 92º de la Ley General referidas a la prohibicion de que directores y trabajadores de una empresa puedan ejercer los cargos de directores y gerentes en otra empresa de la misma naturaleza, no resultan aplicables a aquellos casos en que dichas empresas se encuentren en procesos de reorganizacion societaria conforme a la Ley General de Sociedades. Articulo Segundo.- Las disposiciones de la presente Resolucion entran en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 397522-1

Autorizan viaje de funcionaria a Belgica para participar en la Ronda de Negociaciones del Acuerdo Comercial entre la Union Europea y Paises Andinos
RESOLUCION SBS N° 13000-2009 MORDAZA, 15 de setiembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La comunicacion cursada a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) por la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con el fin de designar los representantes de nuestra Institucion para participar en la Ronda de Negociaciones del Acuerdo Comercial entre la Union Europea y Paises Andinos, la misma que se llevara a cabo del 21 al 25 de setiembre de 2009 en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la citada Ronda de Negociaciones del Acuerdo Comercial entre la Union Europea y Paises

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