NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (19/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 56
El Peruano Lima, sábado 19 de setiembre de 2009 402874 PROYECTO 3. De advertirse que la documentación remitida electrónicamente, o parte de ella, no se ajusta a los requisitos exigidos en el Anexo Nº 2, o a la normatividad vigente, la solicitud será denegada. La califi cación documentaria no implica el otorgamiento de conformidad respecto a la veracidad del contenido de los documentos presentados, estando sujetos los mismos a fi scalización posterior. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La presente norma entrará en vigencia a los 30 días calendario contados a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Segunda.- Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Resolución, se regirán por la normativa anterior hasta su conclusión; sin perjuicio del derecho de los administrados de formular desistimiento del procedimiento en curso y de iniciar un nuevo procedimiento bajo las normas contempladas en la presente Resolución. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Única.- Deróguese toda norma que se oponga al presente procedimiento. ANEXO Nº 2 PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA EL TRÁMITE DE SOLICITUD DE INFORME TECNICO FAVORABLE GERENCIA DE FISCALIZACION DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS 1. REQUISITOS GENERALES PARA EL TRAMITE DE SOLICITUDES DE INFORME TÉCNICO FAVORABLE: a. Formulario de Solicitud – Declaración Jurada de cumplimiento de normatividad legal aplicable, debidamente llenado y fi rmado por el solicitante y por profesional responsable, inscrito y habilitado en el Colegio Profesional correspondiente. b. Para Personas Naturales: i. Copia simple del Documento de Identidad. c. Para Personas Jurídicas: i. Copia simple del Documento de Identidad del representante legal. ii. Copia Literal de partida registral en la que obre la constitución social. iii. Certifi cado de vigencia de poderes del representante legal. 2. REQUISITOS ESPECÌFICOS PARA EL TRAMITE DE SOLICITUDES DE INFORME TECNICO FAVORABLE DE USO Y FUNCIONAMIENTO, Y SOLICITUDES DE INFORME TECNICO FAVORABLE DE USO Y FUNCIONAMIENTO DE MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACION: a. Para Establecimientos de GLP a Granel de Consumidores Directos que no cuentan con surtidores y para Redes de Distribución de GLP: i. Planos fi rmados por el solicitante o su representante legal y por los profesionales responsables, inscritos y habilitados en el Colegio Profesional correspondiente, de (*) (**): 1. Situación 2. Ubicación, 3. Distribución, indicando equipos de aire acondicionado, motores y ductos 4. Instalaciones Mecánicas, incluyendo isométrico, detallando tanques, válvulas, tuberías, equipos y accesorios 5. Instalaciones eléctricas aplicables al proyecto (si las hubiera) 6. Obras civiles aplicables al proyecto (si las hubiera) 7. Sistema de protección contra incendios aplicable al proyecto, de ser el caso. ii. Certifi cados de Conformidad de los tanques de almacenamiento de GLP, otorgados por un Organismo de Certifi cación acreditado ante INDECOPI que certifi que que han sido diseñados, fabricados y probados conforme a la Norma Técnica Peruana, al Código ASME Sección VIII o Norma Técnica Internacional reconocida por el Ministerio de Energía y Minas; o en su reemplazo un Reporte U-1 o U-1A según el código ASME sección VIII fi rmado por un Inspector autorizado de la National Board. iii. Fotografías a color, con medida mínima de 15 x 10 cm. en las que se aprecie: 1. Ubicación del (los) tanque(s) de almacenamiento de GLP. 2. Frontis del establecimiento donde se ubica(n) los tanques de almacenamiento de GLP. 3. Punto de llenado de GLP, de ser el caso. b. Para Locales de Venta de GLP con Capacidad de Almacenamiento Menor o Igual a 5000 Kg. i. Planos fi rmados por el solicitante o su representante legal y por los profesionales responsables, inscritos y habilitados en el Colegio Profesional correspondiente, de (*) (**): 1. Situación 2. Distribución. ii. Fotografías a color, con medida mínima de 15 x 10 cm. en las que se aprecie: 1. El área de almacenamiento. 2. Frontis del establecimiento, abarcando la vista de los inmuebles contiguos. c. Para Locales de Venta de GLP con Capacidad de Almacenamiento Mayor a 5000 Kg. i. Planos fi rmados por el solicitante o su representante legal y por los profesionales responsables, inscritos y habilitados en el Colegio Profesional correspondiente, de (*) (**): 1. Situación 2. Ubicación 3. Distribución 4. Instalaciones eléctricas y mecánicas (si las hubiera) 5. Obras civiles aplicables al proyecto (si las hubiera) ii. Fotografías a color, con medida mínima de 15 x 10 cm. en las que se aprecie: 1. El área de almacenamiento. 2. Frontis del establecimiento, abarcando la vista de los inmuebles contiguos. d. Para Medios de Transporte de GLP i. Plan de contingencias para emergencias. ii. Copia de la Tarjeta de Propiedad Vehicular vigente, del medio de transporte. iii. Para Medios de Transporte de GLP a granel 1. Certifi cados de conformidad de los tanques de almacenamiento de GLP, otorgados por un organismo de certifi cación acreditado por INDECOPI que certifi que que han sido diseñados, fabricados y probados conforme a la Norma Técnica Peruana o al Código ASME, Sección VIII o XII; o en su reemplazo un reporte U-1 o U-1A según el Código ASME Sección VIII o XII, fi rmado por un inspector autorizado de la National Board. 2. Diagrama del sistema de recepción y despacho. iv. Fotografías a color, con medida mínima de 15 x 10 cm. en las que se aprecie: 1. Partes frontal, posterior, lateral izquierda y lateral derecha del medio de transporte. (*)Los planos deben señalar el cumplimiento de las distancias exigidas en las normas legales. De preferencia, serán presentados en formato A4 o A3, y en escala normalizada adecuada. En el caso que los detalles no puedan ser visualizados o medidos, éstos deberán presentarse en el mismo plano o en plano adjunto (formato A4 o A3) en una escala apropiada que permita visualizarlo y medirlo adecuadamente. (**)En los casos de Solicitud de Informe Técnico de Uso y Funcionamiento de Ampliación y/o Modifi cación, los planos corresponderán a la modifi cación y/o ampliación respectivas. 399241-2