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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (20/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de setiembre de 2009 402947 Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 3044 (fs. 87 y 88) de fecha 02 de diciembre del 2004 emitida por esta Corporación, se resuelve No Ratifi car la Resolución de Alcaldía Nº 00133-2004-A/MDC, de fecha 26 de enero de 2004 y su rectifi catoria Resolución de Alcaldía Nº 00574- 2004-A/MDC, fecha 12 de marzo del 2004, emitidas por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, por incumplir los Planes Urbanos respecto a los Aportes Reglamentarios, por cuanto no se ha aplicado la Ordenanza Nº 292-MML; y en cuanto al aspecto vial, la sección propuesta para la vía metropolitana denominada Av. Universitaria a la cual se encuentra afecto el terreno presenta error, debido a que los módulos viales propuestos no suman la sección total de 66.00 m; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 052-2006/A-MDC, de fecha 19 de enero del 2006 (fs.107 al 110), y su Rectifi catoria Resolución de Alcaldía Nº 246-2006-A-MDC, de fecha 10 de agosto del 2006 (fs.112), emitida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, se resuelve aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Residencial Montecarlo, ubicado en la Parcela Nº 58, del Ex-Fundo Caudivilla Huacoy y Punchauca, distrito de Carabayllo, de acuerdo a los Planos Perimétricos P-01, Lotización L-01 (Plano Asignado Nº 001-2006/GDUR/ MDC), Parque Ornamentación y Mobiliario Urbano (Lámina D-01) y la Memoria Descriptiva que forman integrante de la citada Resolución; Que, con Resolución Nº 174-2006-MML-GDU- SPHU, de fecha 31 de octubre de 2006 (fs.124 al 126), expedida por esta Corporación, se resuelve No ratifi car la Resolución de Alcaldía Nº 052-2006/A-MDC, de fecha 19 de enero del 2006 y su rectifi catoria Resolución de Alcaldía Nº 246-2006-A-MDC, de fecha 10 de agosto del 2006, emitidas por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, por incumplir los planes urbanos, en lo referente a vías, por cuanto la afectación no ha sido correctamente determinada ni grafi cada en el plano que forma parte de las Resoluciones materia del presente, y en cuanto a los Aportes Reglamentarios, por incumplir tanto con la Ordenanza Nº 292-MML como con la Ordenanza Nº 836- MML; por lo que solicita pronunciamiento legal respecto a la norma aplicable; Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 637- 2009/GDUR-MDC, de fecha 10 de agosto de 2009 (fs.186 al 192), emitida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, se resuelve aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Residencial Montecarlo, para los Usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, desarrollada en la Parcela Nº 58, Código Catastral 10501, Proyecto Punchauca – Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 052-2009/GDUR-MDC y la Memoria Descriptiva, que forman integrante de la Resolución; Que, a través del Informe Nº 100-2009-MML-GDU- SPHU-DRD, de fecha 20 de agosto de 2009 (fs. 198 al 201), la División de Revisión de Diseño de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, para los Usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, desarrollada en un área de 31,512.67 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, mediante la Resolución de Gerencia Nº 637-2009/GDU-MDC, de fecha 10 de agosto de 2009, levanta la observación que dio mérito a la emisión de la Resolución Nº 174- 2006-MML-GDU-SPHU, de fecha 31 de octubre de 2006; en consecuencia cumple los Planes Urbano en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 1105-MML, Nº 341-MML, Nº 836-MML y el Reglamento Nacional de Edifi caciones – RNC; Que, mediante Informe Nº 167-2009-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 25 de agosto de 2009 (fs. 202 al 204), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la calidad de propietario del terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana, por el señor LEÓN QUISPE LÓPEZ; propiedad que consta inscrita en el Código de Predio Nº P01008510, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima (fs.138 al 141); Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 100-2009-MML-GDU-SPHU- DRD y Nº 167-2009-MML-GDU-SPHU-AL, de fechas 20 y 25 de agosto de 2009, respectivamente; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 637-2009/ GDUR-MDC, de fecha 10 de agosto de 2009, expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, el Reglamento Nacional de Edifi caciones – RNC, las Ordenanzas Metropolitanas Nº 1105-MML, Nº 341-MML, Nº 836-MML, Nº 786-MML, Nº 812-MML, Nº 916-MML y la Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Gerencia Nº 637-2009/GDUR-MDC, de fecha 10 de agosto de 2009, emitida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que resuelve aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Residencial Montecarlo, para los Usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, desarrollada en un área de 31,512.67 m², Parcela Nº 58, Código Catastral 10501, Proyecto Punchauca – Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 052- 2009/GDUR-MDC y la Memoria Descriptiva, que forman parte integrante de la citada Resolución; por lo expuesto en los considerandos precedentes. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución al señor LEÓN QUISPE LÓPEZ; y a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 399176-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Aprueban amnistía para el pago de deudas tributarias y administrativas ORDENANZA N° 323-MDJM Jesús María, 18 de setiembre del 2009