NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (20/09/2009)
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TEXTO PAGINA: 46
El Peruano Lima, domingo 20 de setiembre de 2009 402952 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la prepublicación del proyecto de modifi cación del “Procedimiento para la Supervisión del Cumplimiento de los Programas de Mantenimiento aprobados por el COES-SINAC”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 399- 2006-OS/CD, la cual quedará redactada en los términos siguientes: “Artículo 1°.- Incorporar las siguientes defi niciones en el numeral 4 del “Procedimiento para la Supervisión del Cumplimiento de los Programas de Mantenimiento aprobados por el COES-SINAC”: PMS : Programa de Mantenimiento Semanal elaborado por la DOCOES en aplicación del PR-N° 12. PMD : Programa de Mantenimiento Diario elaborado por la DOCOES en aplicación del PR-N° 12. Artículo 2°.- Aprobar la modifi cación del numeral 5.1.1, 5.1.2, 5.2.1 y el primer ítem del numeral 6 del “Procedimiento para la supervisión del cumplimiento de los programas de mantenimiento aprobados por el COES-SINAC”, en los siguientes términos: “… 5.1.1 El COES-SINAC publicará en su página WEB y además actualizará en el sistema extranet del OSINERGMIN a más tardar el último día calendario de cada mes, el PMM correspondiente al mes siguiente, así como el PMS y el PMD. La GFE podrá disponer complementariamente el formato de la información a actualizar, lo que será comunicado oportunamente al COES-SINAC. 5.1.2 El COES-SINAC publicará en su página WEB y actualizará en el sistema extranet del OSINERGMIN a más tardar a las 10:00 horas de cada día, los programas de mantenimiento ejecutado que se reportan en el IEOD. (…) 5.2.1 El COES-SINAC mensualmente reportará los indicadores de cumplimiento mensual y de intervenciones del mes previo, en los primeros quince (15) días calendario de cada mes. Esta información deberá ser presentada en el sistema extranet del OSINERGMIN mediante un informe en el que se consignen los valores de dichos indicadores. Asimismo, deberá adjuntarse la información que permita verifi car cuantitativamente dichos cálculos, para lo cual deberá incluir los algoritmos utilizados en el cálculo de los referidos indicadores. (…) 6. Multas (…) - Cuando no remita o no consigne en la página WEB del COES-SINAC y en el sistema extranet del OSINERGMIN la información requerida dentro del plazo y forma establecida en este procedimiento o se presente de manera incompleta. (…)” Artículo 3º.- Precisar que toda referencia a OSINERG en el “Procedimiento para la Supervisión del Cumplimiento de los Programas de Mantenimiento aprobados por el COES-SINAC”, debe entenderse a OSINERGMIN.” Artículo 2°.- Las sugerencias y observaciones serán recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o vía correo electrónico a unidadcoes@ osinerg.gob.pe dentro de los quince (15) días calendario contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3°.- El Sr. Roberto Tamayo Pereyra será la persona encargada de recibir los comentarios a la presente publicación. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS MODIFICACIÓN DEL “PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO APROBADOS POR EL COES-SINAC” En el año 2006, OSINERGMIN aprobó el Procedimiento para la Supervisión del Cumplimiento de los Programas de Mantenimiento aprobados por el COES-SINAC”: mediante Resolución de Consejo Directivo N° 399-2006- OS/CD, relacionada a la supervisión y fi scalización del desempeño del COES-SINAC en lo concerniente a la coordinación y programación de las actividades de mantenimiento mensual del equipamiento e instalaciones del SEIN con salida de servicio. Posteriormente a su vigencia, OSINERGMIN ha implementado un sistema extranet para la presentación de la información requerida por este procedimiento, a fin de mejorar la supervisión del desempeño del COES SINAC en su función de coordinación y programación de las actividades de mantenimiento. En ese sentido, OSINERGMIN, en uso de la Facultad Normativa que le permite aprobar sus propios procedimientos de supervisión, dentro de lo dispuesto por el inciso c) del artículo 3° de la Ley N° 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y del artículo 3° de la Ley N° 27699 – Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, ha propuesto modificaciones al referido procedimiento a fin de lograr incorporar esta mejora de la supervisión. En ese sentido, se ha propuesto adecuar el procedimiento a fin que la presentación de la información sea a través del sistema extranet de OSINERGMIN. Asimismo, esta modifi cación ha permitido variar algunos aspectos conexos a la utilización de esta nueva herramienta. Finalmente, acorde con las modifi caciones se ha incluido una nueva infracción para el COES. En defi nitiva, con las modifi caciones propuestas, este organismo busca lograr una mejor labor de supervisión y fi scalización en el desempeño del COES SINAC, asegurando la confi abilidad del sistema eléctrico nacional y, por ende, de la calidad del servicio eléctrico. 399240-1 Prepublicación del proyecto de modificación del “Procedimiento para Supervisar la Verificación de la Disponibilidad y el Estado Operativo de las Unidades de Generación del SEIN” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 170-2009-OS/CD Lima, 14 de setiembre de 2009 VISTO: El Memorando N° GFE-825-2009 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, aprobar la prepublicación de la modifi cación del “Procedimiento para Supervisar la Verifi cación de la Disponibilidad y el Estado Operativo de las Unidades de Generación del SEIN”. PROYECTO