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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (20/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de setiembre de 2009 402949 autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, las entidades son competentes para realizar las tareas materiales internas necesarias para el efi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia, de conformidad con lo establecido por el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General. Que, el numeral 20 del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades; otorga al Alcalde la facultad de delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal. Que, resulta necesario desconcentrar a la Alta Dirección de los procesos decisorios y se transfi eran las facultades de gestión, resolutivas y administrativas a los niveles de inferior jerarquía, reservándose al Despacho de Alcaldía los aspectos generales de normatividad, supervisión, coordinación, fi scalización y evaluación de resultados; liberándolo de todo tipo de rutinas de ejecución y de tareas de mera formalización de actos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 74 de la Ley Nº 27444. Que, asimismo se debe reforzar la capacidad de gestión de los órganos desconcentrados, mediante la transferencia de atribuciones, competencias y funciones con el objeto de que un mayor número de órganos pueda atender, tramitar y resolver las cuestiones que les sean sometidas por los interesados a través de la desconcentración de la facultad de resolver los recursos impugnativos que desempeña el titular de la entidad, a las autoridades jerárquicamente inferiores. Que, mediante Ordenanza Nº 271-MDSR se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santa Rosa, como instrumento normativo de la gestión institucional que establece la estructura orgánica y funciones generales de los órganos que conforman la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, por lo que resulta necesario adecuar los procedimientos existentes en el TUPA de la corporación edil a la nueva estructura orgánica en tanto se actualiza y simplifi ca el referido instrumento de gestión. Estando a lo expuesto y a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- OBJETO DE LA NORMA El presente Decreto tiene por objeto regular la desconcentración de facultades resolutivas a las Gerencias de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa y aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses. Artículo Segundo.- FACULTADES RESOLUTIVAS EN PRIMERA INSTANCIA 2.1. DESCONCENTRAR en las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, que a continuación se detalla, la facultad de conocer, en primera instancia, las solicitudes presentadas por los administrados en los procedimientos regulados por el TUPA, así como los Recursos de Reconsideración. 2.2. Los procedimientos que se resuelven en sede administrativa son los siguientes: 2.2.1. Gerencia Municipal • La Dispensa total de publicación de edicto matrimonial. • La Dispensa parcial de edictos por día. • Reconocimiento e Inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad de Organizaciones Sociales, Juntas Vecinales y sus directivas. • Imposición de sanciones por infracciones a las disposiciones legales del ámbito de su competencia, y las reclamaciones que contra ellas se formulen en primera instancia. • Dejar sin efecto actos administrativos y de administración que se hayan emitido sin cumplir los procedimientos, en primera instancia. • Son resueltas mediante Resolución de Gerencia Municipal en materia de Acciones de Personal • Aprobación y suscripción de contratos • Autorización de licencias al personal • Otorgamiento de permisos por lactancia • Reconocer y otorgar Bonifi cación en cumplimiento de Negociaciones bilaterales, y demás normas aplicables. • Aprobación de contratos, de acuerdo a lo dispuesto por el Texto único Ordenado de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. • Autorización para el pago por tiempo de servicios a los servidores municipales. • Aprobación y modifi cación de rol de vacaciones • Reconocimiento y pago de subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio • Otorgamiento de pensión de cesantía, jubilación, sobrevivientes a ex servidores municipales y a quienes de ellos deriven sus derechos y modifi caciones. • Reconocimiento y pago de Compensación vacacional (Vacaciones truncas) • Reconocimiento y pago de compensación por Tiempo de Servicios. • Reconocimiento y pago de Remuneración Transitoria para Homologación (TPH). • Reconocimiento y pago de compensaciones pendientes de pago (Créditos Devengados) de ejercicios anteriores, sobre Remuneraciones, Bonifi caciones, Benefi cios y Pensiones) • Reconocimiento y pagos de Benefi cios Sociales de Obreros. 2.2.2. Gerencia de Administración Tributaria • Resolución de Inafectación y Exoneración de Tributos. • Tasa Social de Arbitrios. • Compensación, Transferencias de pagos y otros. • Devolución de pagos. • Reclamación de Resolución de Determinación, Resolución de Multa, Orden de Pago, emitidos por esta Gerencia, o contra actos relacionados con la determinación de la deuda tributaria. • Prescripción de deuda. • Reclamación contra resolución de pérdida del fraccionamiento. • Reclamación de Resolución de Determinación, Resolución de Multa. • Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Sanción Administrativa, Prescripción, Compensación, Extinción de Resolución de Sanción Administrativa, Convenios de Fraccionamiento de pago no mayores a S/. 15,000.00 (Quince mil 00/100) 2.2.3. Gerencia de Desarrollo Urbano • Aprobación de anteproyecto en consulta, licencia de obra para edifi cación nueva, autoconstrucción, remodelación, ampliación, modifi cación, refacción, puesta en valor, licencia de obra automática o provisional, cercado, demolición, licencia de obra en vía de regularización, ampliaciones o revalidación de plazo de la licencia de obra. • Autorización para la construcción de obra menor. • Autorización para instalación o retiro de antenas tubulares. • Autorización para la ejecución de obras civiles en horario extemporáneo. • Pre-declaratoria de fábrica y Declaratoria de Fábrica. • Resellado de planos aprobados. • Certifi cado de habitabilidad o inhabitabilidad.