Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2009 (28/09/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 102

403440

NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano MORDAZA, lunes 28 de setiembre de 2009

Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0395-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 20 de MORDAZA de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 116 866,06 m², ubicado al Este del Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA, en el denominado Sector San MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese.EDDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
402193-1

La Nota Nº 089-09-GRE-OSITRAN con el informe propuesta de fijacion de Tarifas para Fijacion de Tarifas Maximas por Uso de Gruas Portico de Muelle para El Embarque y Desembarque de Contenedores en el Terminal Portuario de Callao (Muelle Nº 5) Version 2.0, presentado por la Gerencia de Regulacion en la sesion de Consejo Directivo de fecha 23 de septiembre del ano en curso; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1) del Articulo 3º de la Ley de Supervision de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, aprobada mediante Ley Nº 26917; establece que OSITRAN tiene como mision regular el comportamiento de los mercados en los que actuan las Entidades Prestadoras con la finalidad de cautelar en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los Inversionistas y de los Usuarios para garantizar la eficiencia en la explotacion de la Infraestructura de Transporte de Uso Publico; Que, el literal b) del numeral 7.1) del Articulo 7º de la referida Ley atribuye a OSITRAN la funcion de operar el sistema tarifario de la infraestructura bajo su ambito; Que, el literal b) del numeral 3.1) del Articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, aprobada por la Ley Nº 27332, senala que la funcion reguladora de los Organismos Reguladores, comprende la facultad de fijar tarifas de los servicios bajo su ambito; Que, el 08 de enero de 2009, mediante oficio Nº 13502008-APN/GG, la Autoridad Portuario Nacional (APN) puso en conocimiento de OSITRAN el Informe Nº 046-2008-INDECOPI/ST-CLC elaborado por la Comision de Libre Competencia de INDECOPI. Las conclusiones de dicho informe senalan que, hasta que no inicie sus operaciones la Nueva Terminal de Contenedores MORDAZA Sur (en adelante Muelle Sur), el servicio de gruas portico en el Muelle 5 del Terminal Portuario del Callao a cargo de ENAPU no enfrentara "competencia efectiva en un periodo de dos anos". Que, el 28 de enero de 2009, mediante oficio Nº 0582009-APN/PD, la APN presento a OSITRAN, una propuesta para la fijacion de tarifas por uso de gruas portico en el TPC de US$ 644.00 por hora o fraccion por grua. Dicha propuesta fue elaborada por la Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPU). Asimismo, la APN recomendo que la unidad de cobro propuesta (hora o fraccion) sea aplicable mientras tenga vigencia la tarifa provisional o hasta que se inicie las operaciones del Terminal de Contenedores MORDAZA Sur. En adelante, recomienda establecer una tarifa por movimiento de contenedor/grua, asociada a rendimientos minimos. Que, el 11 de marzo de 2009 se publico en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolucion Nº008-2009-CDOSITRAN que aprobo el inicio de procedimiento de fijacion de tarifas por el uso de gruas portico para el embarque y descarga de contenedores en el Terminal Portuario del Callao. Asimismo, la mencionada resolucion fija las tarifas maximas provisionales en tanto concluya el procedimiento de fijacion tarifaria. Que, el 20 de MORDAZA de 2009, mediante oficio Nº 05909-GRE-OSITRAN, la Gerencia de Regulacion solicita a ENAPU los rendimientos promedios registrados por las gruas portico desde el inicio de operaciones (07 de MORDAZA de 2009). Que, el 19 de MORDAZA de 2009, mediante oficio Nº5342009 ENAPU S.A./G.G., ENAPU remite los rendimientos promedios registrados por las gruas portico desde el inicio de operaciones hasta el 11 de MORDAZA de 2009. La Entidad Prestadora senala que los datos presentados aun no son los mas optimos para la determinacion de las tarifas definitivas, debido a que recien cuentan con poco mas de 01 mes de operacion comercial. Que, el 22 de MORDAZA de 2009, mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº026-2009-OSITRAN se publico

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Aprueban tarifas maximas aplicable al uso de Gruas Portico de Muelle para la descarga y embarque de Contenedores en el Terminal Portuario del Callao (Muelle Nº 5)
PRESIDENCIA EJECUTIVA RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 035-2009-CD/OSITRAN

MORDAZA, 23 de septiembre de 2009 El Presidente Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico ­ OSITRAN;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.