NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (28/09/2009)
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TEXTO PAGINA: 103
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de setiembre de 2009 403441 en el Diario “El Peruano”, el proyecto de Resolución de fi jación de tarifas, su exposición de motivos y relación documentos que constituyen el sustento de la propuesta de fi jación de tarifas máximas por uso de grúas pórtico para el embarque y desembarque de contenedores en el Terminal Portuario del Callao (Muelle Nº5). Que, el 13 de agosto de 2009, se realizó en la ciudad de Lima la Audiencia Pública de Fijación Tarifaria por uso de Grúas Pórtico de Muelle para descarga y embarque de contenedores en el Terminal Portuario del Callao (Muelle Nº 5), donde se recibieron comentarios a la propuesta. Que, el 19 de agosto de 2009, TRAMARSA remitió comentarios a la propuesta de fi jación de tarifas de grúas pórtico. Que, el 20 de agosto de 2009, mediante ofi cio Nº914- 2009 ENAPU S.A./GG, ENAPU remite sus comentarios a la “Propuesta de Fijación Tarifas Máximas por uso de grúas pórtico para el embarque y desembarque de contenedores en el Terminal Portuario del Callao”. Que, el 21 de agosto de 2009, ASMARPE remitió sus comentarios a la propuesta de fi jación de tarifas de grúas pórtico. Que, el 21 de agosto de 2009, Mediterranean Shipping Company del Perú S.A. remite sus observaciones a la fi jación de tarifas para uso de las grúas pórtico en el Terminal Portuario de Callao. Que, el 21 de agosto de 2009, mediante ofi cio Nº098-09-GRE-OSITRAN, la Gerencia de Regulación de OSITRAN solicita información complementaria relacionada con los costos de energía asociados a la prestación del servicio de grúas pórtico de muelle. Que, el 26 de agosto de 2009, mediante ofi cio Nº934- 2009-ENAPU SA/GG, ENAPU remite información sobre el consumo de energía eléctrica de las grúas pórtico de muelle y los gastos por consumo de energía eléctrica de dichas grúas en los meses de abril, mayo, junio y julio del año 2009. Al respecto, ENAPU remitió la siguiente información: - Copia del contrato de suministro de energía eléctrica suscrito con EDELNOR, el 27 de febrero de 2009 y vigente por tres años. - Copias de la facturas de EDELNOR por suministro de energía eléctrica a ENAPU S.A. correspondiente a los meses de abril, mayo, junio y julio de 2009. - Copia del reporte de naves atendidas en grúas pórtico y sistema SPARCS, desde el inicio de operaciones hasta del 19 de agosto de 2009. - Cuadro del cálculo del consumo de energía eléctrica de la grúas pórtico de muelle y del gasto de energía eléctrica por contenedor. Que, el 31 de agosto de 2009, mediante ofi cio Nº 951- 2009-ENAPU SA/GG, ENAPU remite información sobre el consumo de energía eléctrica de las grúas pórtico. En dicha comunicación remite cuadros que comprenden el consumo de energía y los gastos estimados en soles. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las tarifas máximas aplicable al uso de Grúas Pórtico de Muelle para la descarga y embarque de Contenedores en el Terminal Portuario de Callao (Muelle Nº 5) que se establecen en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”, así como de la exposición de motivos. Artículo 3º.- Notifi car a la empresa prestadora ENAPU la presente Resolución, así como disponer su aplicación de conformidad al Contrato de Concesión y con el Reglamento General de Tarifas de OSITRAN. Artículo 4º.- Autorizar la publicación de la presente Resolución, la exposición de motivos en el Diario Ofi cial El Peruano, y la publicación del texto íntegro de Informe de Tarifaria para la Fijación de Tarifas Máximas por Uso de Grúas Pórtico de Muelle para la descarga y embarque de Contenedores en el Terminal Portuario de Callao (Muelle Nº 5) Versión 2.0 de la página web del OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Comuníquese, publíquese y archívese. JUAN CARLOS ZEVALLOS UGARTE Presidente del Consejo Directivo ANEXO TARIFAS MÁXIMAS POR CONTENEDOR PARA EL SERVICIO DE GRÚAS PÓRTICO DE MUELLE Productividad Contenedor/Hora Tarifa por Contenedor (US $) Período Mayor o igual: 20 30,00 2009 25 30,00 2010-2013 Menor a: 20 22,00 2009 25 22,00 2010-2013 Elaboración: GRE de OSITRAN. ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO FIJACIÓN DE TARIFAS MÁXIMAS POR USO DE GRÚAS PÓRTICO DE MUELLE PARA LA DESCARGA Y EMBARQUE DE CONTENEDORES EN EL TERMINAL PORTUARIO DE CALLAO (MUELLE Nº 5) Exposición de Motivos Gerencia de Regulación Lima, septiembre de 2009 FIJACIÓN DE TARIFAS MÁXIMAS POR USO DE GRÚAS PÓRTICO DE MUELLE PARA LA DESCARGA Y EMBARQUE DE CONTENEDORES EN EL TERMINAL PORTUARIO DE CALLAO (MUELLE Nº 5) ENAPU instaló dos grúas pórtico de muelle en los amarraderos A y B del Muelle 5 del Terminal Portuario de Callao. Dichas grúas se utilizarán para movilizar contenedores (llenos y vacíos) de 20 y 40 pies, así como cargas pesadas en general de hasta 61 toneladas bajo la viga del gancho cabezal. Las Grúas Pórtico de Muelle para la descarga y embarque de Contenedores sustituyen a las grúas de las naves, y se utilizarán obligatoriamente en el caso de los amarraderos 5 A y 5 B del Terminal Portuario del Callao, teniéndose prevista la operación de descarga y embarque directamente a/de los terminal tracks, para lo cual el Terminal Portuario del Callao empleará su fl ota de equipos de transferencia y manipuleo, servicios que no se encuentran comprendidos dentro de la tarifa que se propone. La Autoridad Portuaria Nacional (APN) propuso que la tarifa por uso de grúas pórtico en el TPC de US$ 644.00 por hora o fracción por grúa de manera provisional y por contenedor por grúa de manera defi nitiva. La productividad en las grúas pórtico de muelle debe medirse en contenedores/hora. No es apropiado contabilizar el ritmo de embarque o descarga en TEU ya que aumentaría artifi cialmente la productividad de la grúa. La aplicación de la unidad de carga TEU (twenty