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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (08/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de abril de 2010 416812 Que, el numeral 5) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece entre otras funciones de los Ministros de Estado el designar y remover a los titulares de los cargos de confi anza del Ministerio; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a partir del 17 de febrero de 2010 y hasta la fecha de la presente Resolución, a don Jorge Julio Cobián Cruz, Director de Educación Primaria, las funciones de Director de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, con retención de su cargo, cargo considerado de confi anza. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolución, a doña Graciela Nora Díaz Dueñas, como Directora de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 477576-1 Fijan plazo para la presentación de proyectos de creación y autorización de funcionamiento de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos, y de nuevas carreras profesionales en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos, ante las Direcciones Regionales de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0089-2010-ED Lima, 6 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29394, se aprobó la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, la cual tiene por objeto regular la creación y el funcionamiento de institutos y escuelas de educación superior tecnológicos públicos o privados, conducidos por personas naturales o jurídicas, que forman parte de la etapa de Educación Superior del Sistema Educativo Nacional, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Educación; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 004- 2010-ED, se aprueba el Reglamento de la referida Ley, el cual señala en su Tercera Disposición Complementaria Final, que los períodos de solicitudes de creación o autorización de funcionamiento de los proyectos instituciones y de carreras de los Institutos y Escuelas de Educación Superior los establece el Ministerio de Educación por norma específi ca; Que, la aplicación del Artículo 25º de la Ley Nº 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, y de los artículos 4º, 5º y 7º del Decreto Supremo Nº 004- 2010-ED, Reglamento de la referida Ley, requiere de la formulación de los contenidos básicos comunes para la formación técnica, así como de un procedimiento específi co para la atención de las solicitudes de creación o autorización de funcionamiento de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos, de estándares mínimos de infraestructura física, así como de formatos y guía para la presentación de los proyectos de creación y autorización de funcionamiento de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos, y de nuevas carreras profesionales, que permitan garantizar un adecuado proceso de transferencia de competencias a las Direcciones Regionales de Educación; Que, asimismo, en la Educación Superior Tecnológica es necesario, articular la oferta educativa con la demanda laboral y el desarrollo regional y local, por lo que resulta conveniente que las Direcciones Regionales de Educación, en base al Plan de Desarrollo Regional y Local, determinen, los sectores productivos de bienes y servicios que los Gobiernos Regionales y Locales, han planifi cado priorizar en los próximos años; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, Ley Nº 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior; Decreto Supremo Nº 004-2010-ED; Decreto Supremo Nº 006- 2006-ED y sus normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Fijar, a partir del año 2011, el período comprendido entre el 1º de febrero al 30 de noviembre de cada año, para la presentación de proyectos de creación y autorización de funcionamiento de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos, y de nuevas carreras profesionales en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos, ante las Direcciones Regionales de Educación. Artículo 2º.- Los proyectos de carreras experimentales deben presentarse ante el Ministerio de Educación, dentro del plazo fi jado por el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- El Ministerio de Educación elaborará los formatos y guía para la presentación de los proyectos de creación de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos, y de nuevas carreras profesionales, y aprobará, mediante norma específi ca, el procedimiento para la presentación de los proyectos referidos en los Artículos 1º y 2º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, adoptar las medidas necesarias para el estricto cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 477597-1 Establecen el III Concurso Nacional de Experiencias Exitosas en Educación Inclusiva en el año lectivo 2010 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0020-2010-ED Lima, 31 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo; y, de acuerdo al inciso c) del citado artículo, la inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo y otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades, es uno de los principios sobre los cuales se sustenta la misma; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 026-2003-ED, el cual dispone que el Ministerio de Educación de conformidad con las políticas de Estado, las normas legales e instrumentos señalados en la parte considerativa de dicho Decreto Supremo, y dentro de sus previsiones presupuestarias, lleve a cabo planes pilotos, programas, proyectos y convenios que garanticen la ejecución de acciones sobre la educación inclusiva dentro del marco de la “Década de la Educación Inclusiva 2003-2012”, mediante un trabajo coordinado con los diferentes sectores del Estado y la sociedad civil; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 0025- 2008-ED, se aprueba la Directiva Nº 069-2008-ME/