Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2010 (11/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2010

Locales en cuyas circunscripciones se explotan recursos naturales que generan canon y sobrecanon petrolero, deben ejecutar los proyectos de inversion publica y gasto social previstos en el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 0792009, modificado por la presente MORDAZA, en las comunidades ubicadas en las zonas de explotacion de dichos recursos, de acuerdo a los porcentajes de canon y sobrecanon petrolero establecidos en el citado articulo. Para efecto de la establecido en el parrafo anterior, en el caso de los proyectos de inversion publica no resulta aplicable el numeral 2.3 del articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 079-2009, modificado por la presente norma. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 479277-2

PRODUCE
Autorizan realizacion de la MORDAZA Prospeccion Pesquera para determinar las zonas adecuadas de pesca y libres de la presencia de ejemplares juveniles del recurso anchoveta y anchoveta MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 086-2010-PRODUCE MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2010 VISTOS: Los Oficios DE-100-110-2010-PRODUCE/ IMP y DE-100-113-2010-PRODUCE/IMP del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE; el Informe Nº 278-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; y, el Informe Nº 015-2010-PRODUCE/OGAJ-cbenavideso, de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9º de la citada Ley contempla que, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, el Ministerio de la Produccion determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo establece que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 082-2010PRODUCE, se autorizo la realizacion de una prospeccion pesquera para determinar las zonas adecuadas de pesca y libres de la presencia de ejemplares juveniles del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) para del desarrollo de las actividades de extractivas de la flota artesanal de cerco entre los 8°50'00" y 9°30'00" Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 1 de MORDAZA hasta las 24 horas del 6 de MORDAZA de 2010; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 084-2010PRODUCE, se autorizo el desarrollo de la actividad extractiva de la anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) efectuada con embarcaciones artesanales con redes de cerco para consumo humano directo en el area de pesca anteriormente referida, a partir del dia 10 de MORDAZA de 2010 la cual se realizara en el MORDAZA de un regimen especial de pesca (pesca centinela) con la finalidad de obtener datos sobre la distribucion y presencia de juveniles en estrecha cooperacion entre los armadores artesanales, el IMARPE y la autoridad pesquera; Que, considerando las condiciones biologicopesqueras del recurso anchoveta en el area de pesca entre los 8°50'00" y 9°30'00" Latitud Sur y en base a los informes del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE remitidos a traves de los Oficios DE-100-110-2010-PRODUCE/IMP y DE-100-113-2010-PRODUCE/IMP; y teniendo en cuenta que el Ministerio de la Produccion MORDAZA por el equilibrio entre el uso sostenible de los recursos hidrobiologicos, la conservacion del medio ambiente y el desarrollo socioeconomico; asi como presta el apoyo necesario para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal conforme a lo previsto en el articulo 4º de la Ley General de Pesca, resulta necesario establecer una MORDAZA prospeccion pesquera para verificar la existencia de areas de pesca libres de la presencia de ejemplares juveniles y obtener indicadores de manera complementaria a los datos que MORDAZA obtenidos como resultado de la aplicacion del

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Encargan funciones de Directora Nacional de Turismo del Viceministerio de Turismo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 063-2010-MINCETUR/DM MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 106-2008MINCETUR/DM, de fecha 27 de junio de 2008, se designo a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Directora Nacional de Turismo del Viceministerio de Turismo, cargo considerado de confianza, Nivel F-5; Que, mediante Carta de fecha 5 de MORDAZA de 2010, dicha servidora ha formulado renuncia al cargo, razon por la cual es necesario formalizar la aceptacion de su renuncia y encargar las funciones correspondientes a dicho cargo, en tanto se designa al titular; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Directora Nacional de Turismo del Viceministerio de Turismo, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones correspondientes al cargo de Directora Nacional de Turismo del Viceministerio de Turismo, cargo considerado de confianza, Nivel F-5, a partir de la fecha y en tanto se designa al titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 479274-1

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