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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de abril de 2010 417018 Autorizan al Presidente Regional el cofinanciamiento de proyectos de inversión y estudio de preinversión, en caso resulten elegidos en el Concurso de Cofinanciamiento del FONIPREL 2010 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 020-2010-GR.CAJ-CR Cajamarca, 17 de marzo de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 15 de marzo del año 2010; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 003-2010- GR.CAJ-CR/COAJ-COP evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento, referente a Autorizar al Presidente Regional para participar con proyectos en el Concurso de Cofi nanciamiento del FONIPREL 2010 (Primera Convocatoria), con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO: - Que, mediante Ley Nº 28939, publicada en el Diario Ofi cial el Peruano el 22 de diciembre de 2006, “Ley que aprueba crédito suplementario y transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fi scal 2006, dispone la creación de fondos y dicta otras medidas” se creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, con la fi nalidad de fi nanciar o cofi nanciar proyectos de inversión pública de los gobiernos regionales o gobiernos locales; - Que, mediante Ley Nº 29125, publicada en el Diario Ofi cial el Peruano el 31 de octubre de 2007, “Ley que establece la implementación y el funcionamiento del fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL” en los siguientes artículos establece: Artículo 2º (Finalidad del FONIPREL).- “El FONIPREL tiene como fi nalidad el cofi nanciamiento de proyectos de inversión pública de los gobiernos regionales y gobiernos locales, incluyendo los estudios de preinversión, orientados a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básicos, que tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país”. Artículo 3º (Características del Fondo).- Los recursos del FONIPREL, a los que hace referencia el artículo 6, tienen carácter intangible, permanente, concursable e inembargable y se destinan, única y exclusivamente, a los fi nes a que se refi ere el artículo precedente. Artículo 9º (de los desembolsos y del cofi nanciamiento).- 9.3) El gobierno regional o gobierno local, bajo responsabilidad, debe culminar los estudios o proyectos cofi nanciados por el Fondo en el plazo previsto, debiéndose considerar durante el proceso de programación y formulación presupuestaria, dentro de la priorización de sus gastos, los recursos que correspondan, orientados a la atención de los estudios y proyectos benefi ciados con el Fondo; - Que, el Decreto de Urgencia Nº 030-2008, se dictan medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para ejecución de los Fondos creados por la Ley Nº 28939, en el artículo 1º (De la gestión de los recursos de los Fondos creados por la Ley Nº 28939, “Ley que aprueba Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de fondos y dicta otras medidas”), numeral 1.1 Los recursos que fi nancien los Fondos creados por la Ley Nº 28939, se depositan en las cuentas de cada Fondo, conforme lo determine la Dirección Nacional del Tesoro Público. 1.2 Los recursos no ejecutados anualmente por los Pliegos respectivos, provenientes de las transferencias realizadas del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, se consideran saldos de balance y se incorporan por Resolución del Titular del Pliego para la ejecución de los estudios y proyectos para los que fueron asignados inicialmente. Y 1.3 Los recursos del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, del Fondo para el Fortalecimiento del Capital Humano y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM, se depositan en las cuentas de cada Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional, para el caso del FONIPREL, de las entidades cuyos estudios o proyectos resulten ganadores del concurso; y en el caso del FIDECOM y del Fondo para el Fortalecimiento del Capital Humano, del Pliego en donde se encuentran sus Secretarías Técnicas y en dichos fondos, a solicitud de sus respectivas Secretarías Técnicas; - Que, mediante Decreto Supremo Nº 204-2007-EF, que “aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL”, donde se establece los procedimientos para concursar para cofi nanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión pública según la disponibilidad de recursos del FONIPREL; - Que, con Resolución Ministerial Nº 052-2010- EF-15, se aprueba la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del Art. 7 de la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y funcionamiento del FONIPREL, en el artículo 1º (Actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125), prescribe: “Apruébese la actualización de jerarquía y ponderación de los criterios señalados en los literales a) al j) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125 que, como Anexos, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme al detalle siguiente: 1.1 Anexo Nº 01: “Especifi cación de jerarquía y ponderación de los criterios de asignación de los recursos del FONIPREL: Agrupamiento de los Gobiernos Regionales y Locales en función de sus necesidades y disponibilidad de recursos determinados y FONCOR”. 1.2 Anexo Nº 02: “Especifi cación de jerarquía y ponderación de los criterios de asignación y de los recursos del FONIPREL: Defi nición del algoritmo para asignar los recursos del FONIPREL”. 1.3 Anexo Nº 03: “Listado de Municipalidades Distritales, Municipalidades Provinciales y Gobiernos Regionales según los indicadores utilizados en el agrupamiento por necesidades y por recursos por transferencias, y según grupo de pertenencia de necesidades y recursos”; - Que, con Ofi cio Nº 129-2010-GR.CAJ/P-AP, de fecha 12 de marzo del año 2010, el Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, Eco. Jesús Coronel Salirrosas, remite al Consejero Delegado, Ing. Wilson Nicolás Flores Castillo, la propuesta de Proyectos para el Concurso de FONIPREL 2010 (Primera Convocatoria) que son: a) Código SNIP: 13348. “Mejoramiento de la Infraestructura Educativa de la Institución Educativa N° 16003 Pueblo Joven Mirafl ores Jaén.” b) Código SNIP: 110534. “Mejoramiento de la carretera emp. Pe-3n (Bambamarca) - Atoshaico - Ramoscucho - La Libertad De Pallan - emp. Pe 8b (Celendin).” c) Código SNIP: 64984. “Instalación de alcantarillado sanitario y construcción de planta de tratamiento de aguas residuales domesticas C.P. Huambocancha alta, provincia de Cajamarca - Cajamarca.” d) Estudio de Preinversión. “Mejoramiento del Sistema de Riego de Potrerillo con Sistema Regulado — Construcción Micropresa el Potrerillo — Pedro Galvez.” Para ponerlo a consideración y aprobación del Consejo Regional; - Que, mediante Ofi cio Nº 438-2010-GR.CAJ/GRPPAT, de fecha 12 de marzo del año 2010, el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Eco. Walter Ibáñez Juárez, remite al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca los siguientes proyectos a concursar en FONIPREL: Estudios de Preinversión Nº NOMBRE DEL PROYECTO SNIP MONTO INVERSION FINANCIA- MIENTO COFINANCIA- MIENTO GOB REG FONIPREL % MONTO 1 Mejoramiento del Sistema de Riego de Potrerillo con Sistema Regulado - Construcción Micropresa el Potrerillo - Pedro Galvez - 550,000 385,000 30 165,000