Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2010 (11/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

417009

2009" el cual, en su numeral 5.2, establece que los Comprobantes de pago, deberan ser girados a nombre del Nucleo Ejecutor del Proyecto y visados por el Presidente, Tesorero y Residente del Proyecto; Que, por lo MORDAZA expuesto resulta necesario adecuar la Directiva N° 002-2010-VIVIENDA, "Procedimientos para la Atencion de Solicitudes de Nucleos Ejecutores en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento" a lo establecido en el Manual senalado en el parrafo precedente; De conformidad con la Ley Nº 27792 -Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el numeral 15 del literal C. FASE DE EJECUCION de las DISPOSICIONES GENERALES de la Directiva N° 002-2010-VIVIENDA, "Procedimientos para la Atencion de Solicitudes de Nucleos Ejecutores en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento" aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 022-2010-VIVIENDA, conforme al siguiente texto: "15.- Los Comprobantes de Pago deben girarse a nombre del Nucleo Ejecutor del Proyecto, debiendo ser visados por el Presidente, Tesorero y Residente del Proyecto." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 479275-2

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 078-2010/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 31 de marzo del 2010 Visto el Expediente N° 031-2010/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 9 396 732,20 m², ubicado a 20 Kilometros de la MORDAZA de Punta de Bombon, distrito de Punta de Bombon, provincia de Islay, departamento de Arequipa; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales -SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 9 396 732,20 m², ubicado a 20 Kilometros de la MORDAZA de Punta de Bombon, distrito de Punta de Bombon, provincia de Islay, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, la Oficina Registral de Islay de la MORDAZA Registral N° XII - Sede MORDAZA sobre la base del Informe Tecnico Nº 085-2010-Z.R.N°XII/OC-BC, de fecha 12 de enero de 2010, senala que el terreno se encuentra en MORDAZA en que las bases graficas - matriz total y comunidades campesinas - no tienen anotaciones de inscripciones registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 04 de marzo de 2010, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza ribereno al mar y se encuentra comprendido parcialmente dentro de la MORDAZA de playa y de dominio restringido; Que, no obstante la transferencia de competencias efectuada a favor del Gobierno Regional de MORDAZA, en materia de administracion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, el articulo 39° del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", establece que la inmatriculacion en el Registro de Predios de los predios ubicados en zonas de playas y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las zonas de dominio restringido corresponde a la SBN, la que debera disponerse mediante la resolucion respectiva y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimetrico y de ubicacion que la sustente, constituyen titulo suficiente para todos los efectos legales; Que, encontrandose el terreno sub materia en MORDAZA de playa y de dominio restringido corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 9 396 732,20 m² de conformidad con los Articulos 38° y 39° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del Articulo 39° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a promover la inmatriculacion de predios a favor del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0262-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 19 de marzo del 2010; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 9 396 732,20 m², ubicado a 20 Kilometros de la MORDAZA de Punta de Bombon, distrito de Punta de Bombon, provincia de Islay, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 479023-1

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