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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (29/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de abril de 2010 418087 Conformidad de Operación Experimental de fecha 20 de mayo de 2008; Que, mediante Resolución Directoral Nº 310-08- EM/DGER de fecha 07 de octubre de 2008, se aprobó la Liquidación Final de Contrato Nº 07-087-EM/DEP por la ejecución de la obra Electrifi cación del Centro Poblado Curimarca, ubicado en la provincia de Jauja, departamento de Junín, la misma que estableció un monto fi nal de contrato de S/. 1 183 075,07 incluido IGV; Que, con Resolución Directoral Nº 058-2010-EM/ DGER del 25 de marzo de 2010, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Electrifi cación del Centro Poblado Curimarca, ubicado en la provincia de Jauja, departamento de Junín, la misma que estableció un monto total de inversión ajustado a la fecha de transferencia de S/. 1 315 578,44; Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electrifi cación Rural, es competente en materia de electrifi cación rural; Que, el artículo 18º de la Ley General de Electrifi cación Rural y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o, de ser el caso, a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto Electrifi cación del Centro Poblado Curimarca, ubicado en la provincia de Jauja, departamento de Junín, corresponde efectuar la transferencia de los bienes que conforma dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Público Electricidad del Centro S.A. – ELECTROCENTRO S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007-2008-VIVIENDA; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modifi catorias; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Electrifi cación del Centro Poblado Curimarca, fi nanciados por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, ubicado en la provincia de Jauja, departamento de Junín, a la Empresa Regional de Servicio Público Electricidad del Centro S.A. – ELECTROCENTRO S.A. Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público Electricidad del Centro S.A. – ELECTROCENTRO S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 486821-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 182-2010-MEM/DM Lima, 23 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM de fecha 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, previa Licitación Pública Nº LP-0013-2007- EM/DEP, con fecha 13 de marzo de 2007, la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas (hoy Dirección General de Electrifi cación Rural) y el Consorcio Villa, suscribieron el Contrato Nº 07-030-EM/ DEP para la ejecución de la obra Electrifi cación de Paratushiali – Valle Huahuari, ubicada en la provincia de Satipo, departamento de Junín, por un monto contractual de S/. 1 644 812,23 incluido impuestos y un plazo de ejecución de 180 días calendario; Que, la citada obra ha quedado concluida y ha sido recepcionada, según consta en el Acta de Recepción de Obra de fecha 21 de diciembre de 2007 y en el Acta de Conformidad de Operación Experimental de fecha 04 de junio de 2008; Que, mediante Resolución Directoral Nº 282-08-EM/ DGER de fecha 15 de setiembre de 2008, se aprobó la Liquidación Final de Contrato Nº 07-030-EM/DEP por la ejecución de la obra Electrifi cación de Paratushiali – Valle Huahuari, ubicado en la provincia de Satipo, departamento de Junín, la misma que estableció un monto fi nal de contrato de S/. 1 689 887,41 incluido IGV; Que, con Resolución Directoral Nº 056-2010-EM/ DGER del 25 de marzo de 2010, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Electrifi cación de Paratushiali – Valle Huahuari, ubicado en la provincia de Satipo, departamento de Junín, la misma que estableció un monto total de inversión ajustado a la fecha de transferencia de S/. 1 945 566,22; Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electrificación Rural, es competente en materia de electrifi cación rural; Que, el artículo 18º de la Ley General de Electrifi cación Rural y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o, de ser el caso, a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto Electrifi cación de Paratushiali – Valle Huahuari, ubicado en la provincia de Satipo, departamento de Junín, corresponde efectuar la transferencia de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Público Electricidad del Centro S.A. – ELECTROCENTRO S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007-2008-VIVIENDA; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modifi catorias; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Electrifi cación de Paratushiali – Valle Huahuari, fi nanciados por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, ubicado en la provincia de Satipo, departamento de Junín, a la Empresa Regional de Servicio Público Electricidad del Centro S.A. – ELECTROCENTRO S.A. Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público Electricidad del Centro S.A. – ELECTROCENTRO S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 486821-3