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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de agosto de 2010 423260 como “el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o señalización, localizado en las vías que forman parte del recorrido autorizado de una determinada ruta, utilizada para el embarque y desembarque de pasajeros”; Que, la Ordenanza N° 131-MML en sus artículos 2° y 3°, menciona que es política de la Municipalidad Metropolitana de Lima en materia de transporte terrestre, la promoción de la consolidación, efi ciencia, modernización, desarrollo y expansión del servicio de transporte terrestre y de la infraestructura necesaria que se requiera, así como velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad en la prestación de los servicios públicos de transporte y de infraestructura necesaria para el mismo, correspondiéndole formular objetivos y directrices con el fi n de procurar una efi caz prestación y organización del servicio; Que, el artículo 100° de la Ordenanza Nº 812-MML (Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima), establece que: “La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte es el órgano responsable de la formulación de estudios, proyectos, programas y planes estratégicos en materia de transporte regular y no regular de tránsito y viabilidad para la provincia de Lima”; Que, el artículo 102° de la Ordenanza N° 812- MML establece que: “La Subgerencia de Regulación del Transporte es el órgano responsable del registro y expedición de las autorizaciones para la circulación del servicio de transporte público y para el uso especial de vías en la provincia de Lima”; Que, de conformidad con el Informe N° 703-2010-MML/ GTU-SETT de fecha 14 de mayo de 2010, se considera técnicamente factible la implementación de paraderos de transporte regular en la Av. Víctor Sarria Arzubiaga, Av. Roberto Thorndike, Av. Reynaldo Saavedra Piñón y en la Av. Luis Braile conforme a la evaluación realizada acerca de los aspectos normativos y físicos de las vías, así como los parámetros técnicos concernientes a distancia entre paraderos; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ordenanza N° 1338-MML, la Ordenanza N° 812-MML, y la evaluación técnica contenida en el Informe Nº 703-2010-MML/GTU- SETT, y demás normas vigentes; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la implementación de los Paraderos de Transporte Público en la Av Víctor Sarria Arzubiaga, Av. Roberto Thorndike, Av. Reynaldo Saavedra Piñón y en la Av. Luis Braile, en el distrito del Cercado de Lima, cuya ubicación se detalla a continuación: EJE UBICACIÓN SENTIDO LEYENDA N-S S-N AC Antes del cruce AC DC AC DC MC Mitad de cuadra AV. VICTOR SARRIA (Av. Oscar R. Benavides – Av. Reynaldo Saavedra Piñón) Av. Elvira Garcia y Garcia 1 1 DC Después del cruce EJE UBICACIÓN SENTIDO N-S S-N AC DC AC DC AAV.ROBERTO THORNDIKE GALUP (Av. Reynaldo Saavedra Piñón - Av.Venezuela Av. Victor Criado y Tejada 1 Av. Reynaldo Saavedra Piñon 1 EJE UBICACIÓN SENTIDO O-E E-O AC DC AC DC AV. REYNALDO SAAVEDRA PIÑON (Av. Víctor Sarria Arzubiaga - Av. Luis Braille) Av. Roberto Thorndike Galup 1 1 Ca. Alberto Reyes 1 EJE UBICACIÓN SENTIDO N-S S-N AC DC AC DC AV. LUIS BRAILLE (Av. Reynaldo Saavedra Piñón - Av. Arica) Av. Reynaldo Saavedra Piñon 1 Av. Arica 1 Artículo 2°.- El Paradero Autorizado será de tipo universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte público en esas vías. Artículo 3°.- Los Paraderos Autorizados podrán ser identifi cados mediante la señalización horizontal y/o vertical respectiva, además por el mobiliario urbano (módulo), en cada una de las vías señaladas en la presente resolución. Artículo 4°.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variación que la autoridad administrativa considere técnicamente necesaria, para la implementación del nuevo Sistema Metropolitano de Transporte. Artículo 5°.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, deberán informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizará en los respectivos paraderos autorizados. Artículo 6°.- Encargar a la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito los trabajos de mantenimiento y señalización de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Artículo 7°.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización de Transporte, la supervisión, fi scalización y cumplimiento de la presente Resolución, en coordinación con la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito de acuerdo a su competencia y facultades, de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que éstos sean debidamente señalizados. Artículo 8°.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página Web de la Gerencia de Transporte Urbano y en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 9°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. CÉSAR LUYO RAMÍREZ Subgerente Subgerencia de Regulación del Transporte Gerencia de Transporte Urbano 526124-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Restablecen temporalmente el Procedimiento para otorgar Licencia Única de Funcionamiento de carácter excepcional por zonificación no conforme ORDENANZA Nº 346-MDJM Jesús María, 27 de julio del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, a los gobiernos locales les viene reconocida autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades;