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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de agosto de 2010 423835 Regional y de cada una de las referidas Gerencias Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los doce días del mes de abril del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JOSÉ H. MURGUIA ZANNIER Presidente Regional 529878-2 Aproban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) – Año 2010 de la Gerencia Regional de Salud” ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2010-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus Modifi catorias, y demás Normas Complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 12 de Abril del 2010 el dictamen del Proyecto de Ordenanza Regional Nº 030-2010-GR-LL/CR relativo a aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) – Año 2010 de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de La Libertad, presentado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y el Decreto Supremo Nº 030- 2002-PCM, que aprueba su Reglamento, declara al Estado Peruano en Proceso de Modernización con la fi nalidad de mejorar el la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que mediante Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General tiene como fi nalidad establecer un régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva de protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general. Que, a través de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo, se modifi can los supuestos de los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del silencio administrativo negativo, a fi n de ofrecer una mejor atención de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. Así mismo, establece que, en caso de que se venza el plazo para que opere el silencio administrativo positivo, de los administrados podrán presentar una declaración jurada ante la propia entidad y que dicho documento confi gura prueba sufi ciente de la resolución aprobatoria fi cta de la solución o iniciado. Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, Aprueban Lineamientos para Elaboración y Aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, ha sido emitido con la fi nalidad de permitir que los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos cumplan con su propósito de ser documentos compiladores informativos y simplifi cadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las distintas entidades administrativas del Estado. Que, los Artículos 5º, 6º y 7º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, entre otros, establecen que el órgano responsable de la conducción del proceso de elaboración y formulación del TUPA de las Entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento o quien haga sus veces, así como de elaborar el sustento técnico de cada uno de los procedimientos administrativos contenidos en el mismo, que la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la entidad o quien haga sus veces, con el objeto que los procedimientos observen el principio de legalidad, tal como lo dispone el Artículo 36º de la Ley Nº 27444, sustentará ante el órgano responsable de su elaboración, la base legal de los procedimientos contenidos en el TUPA y su califi cación en cada caso. Que, el responsable de la Ofi cina Regional de Administración y Finanzas de cada entidad o quien haga sus veces, en el caso de los procedimientos administrativos que no tengan la condición de gratuitos sustentará ante el órgano responsable de la elaboración del TUPA, los costos de cada procedimiento administrativo y los derechos de tramitación que se establezcan en el mismo. Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 023-2008- GRLL/CR de fecha 14 de Julio del 2008, se aprueba la Modifi cación de la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de La Libertad y consiguiente Organigrama Estructural, así como su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), dentro de los cuales se encuentra consignada la Gerencia Regional de Salud, como Órgano de Línea del mismo y con dependencia jerárquica de la Gerencia General Regional. Que, la Gerencia Regional de Salud, como Órgano de Línea del Gobierno Regional de La Libertad, es responsable de planifi car, dirigir y controlar las acciones en materia de salud, en su ámbito jurisdiccional. Depende técnica y normativamente del Ministerio de Salud y administrativa y presupuestalmente del Gobierno Regional de La Libertad. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 204- 2005-GR-LL-PRE de fecha 14 de Febrero del 2005, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Salud con un total de 97 procedimientos administrativos (15 gratuitos y 82 con costo asignado) vigente a la fecha. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 454-2009/ MINSA de fecha 7 de Julio del 2009, se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Salud. Que, el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, aprueba el Formato del Texto Único del Procedimiento Administrativo (TUPA) y establece precisiones para su aplicación. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades. Que, es necesario aprobar Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia