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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (14/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de agosto de 2010 423840 Que, en ese sentido esta declaratoria se enmarca dentro de los presupuestos legales de la Situación de Emergencia, que es una fi gura de connotación legal y administrativa, contemplada en el Artículo 23º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, concordante con el Artículo 128º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señalando que “Se entiende como Situación de Emergencia, aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro, o que afecten la defensa y seguridad nacional. En este caso, la entidad queda exonerada de la tramitación del expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales del presente Decreto Legislativo”. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de julio de 2010 el Pleno del Consejo Regional debatió, modifi có y aprobó la solicitud presentada por el Presidente Regional. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Emergencia a la Región La Libertad, por el plazo de sesenta (60) días, con la fi nalidad de enfrentar los casos de peste bubónica y/o neumónica, principalmente en los sectores donde se han presentado estos casos, dispensándose de los procedimientos administrativos con la fi nalidad de optimizar el apoyo logístico. Artículo Segundo.- DISPONER la implementación y/ o ejecución prioritaria del Plan de Contingencia, elaborado y aprobado por la Gerencia Regional de Salud, en el marco de la declaración de Situación de Emergencia, para hacer frente a los casos de peste bubónica y/o neumónica en el ámbito de la Región La Libertad. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones y competencias, se encargue de ejecutar la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Salud, a la Gerencia Regional de Salud, a la Gerencia General Regional y a todas las dependencias del Gobierno Regional de La Libertad que corresponda. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a 23 JUL 2010. VÍCTOR LEÓN ALVAREZ Presidente 529886-2 Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de diciembre de 2009, febrero y mayo de 2010 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 001-2010-GR-GRSEMH-LL Trujillo, 4 de enero del 2010 VISTOS, la relación de Títulos Mineros otorgados por la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de La Libertad en el mes de Diciembre del año 2009, conforme a lo informado por el Área Legal y Técnica; CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ministerial Nº 179-2006- MEM/DM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 16 de abril de 2006, se declaró entre otros que el Gobierno Regional de La Libertad concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de esa fecha competente para ejercer entre otras, la función de “otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional”. Que, el Gobierno Regional de La Libertad a través de la Gerencia de Energía, Minas e Hidrocarburos ha iniciado el otorgamiento de Títulos de Concesión minera para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el párrafo anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM – TUO de la Ley General de Minería, se debe cumplir con publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiesen sido aprobados el mes anterior, considerando lo establecido en el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM – Reglamento de Procedimientos Mineros; SE RESUELVE Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial El Peruano la concesión minera de alcance regional cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Diciembre del año 2009, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92- EM. Regístrese y publíquese. GEANMARCO A. QUEZADA CASTRO Gerente Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos RELACION DE LAS 10 CONCESIONES OTORGADAS EN EL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 EN LA REGIÓN LA LIBERTAD AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO 708. NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE RESOLUCIÓN GERENCIAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS. 1.- A) SAN JUAN DE CHALAQUES I B) 630004909 C) ELMER JUBENAL QUILCATE VERASTEGUI D) 152-2009-GR-GRSEMH-LL 21/12/2009 E) 17 F) V1: N9133 E750 V2:N9131 E750 V3:N9131 E748 V4: N9133 E748 2.- A) ARIZONA 2009 - 2 B) 630000709 C) ANTHONY DAVID CARHUAYO SANCHEZ D) 153- 2009-GR-GRSEMH-LL 21/12/2009 E) 17 F) V1:N9094 E759 V2:N9094 E760 V3:N9091 E760 V4:N9091 E758 V5:N9093 E758 V6:N9093 E759 3.- A) COPTOS 2 B)