Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2010 (14/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

423845

· Procedimiento 65 denominado "regularizacion de habilitaciones urbanas ejecutadas". · Procedimiento 96 "inspeccion tecnica basica de seguridad en Defensa Civil (en caso de denegacion de renovacion)" en los siguientes tramos: a) hasta 100 m2 b) mas de 100 m2 hasta 500 m2. · Procedimiento 101 "Inscripcion, reconocimiento y/o registro de organizaciones sociales". · Procedimiento 102 "Modificacion, renovacion y/ o ratificacion de juntas directivas de organizaciones sociales". 3. De la evaluacion tecnica efectuada se concluye que los ingresos que la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres piensa percibir, producto de la aplicacion de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos listados en el Anexo Nº 1, financiaran el 97.61% de los costos por la prestacion de los mismos, la diferencia de los costos debera ser cubierta por la Municipalidad Distrital.
Costo Proyectado (S/.) Ingreso Proyectado (S/.) Procedimientos y servicios administrativos: 79 Derechos: 93 Total 874,895.77 853,963.80

874,895.77

853,963.80

Fuente: Expediente Ord. Nº 294-MDSMP ­ Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres Elaboracion: SAT - Gerencia de Asuntos Legales

area economica o comercial" en los siguientes tramos: a) establecimientos hasta 100 m2 con capacidad no mayor de almacenamiento de 30% del area total del local ­ ITSDC (ex post), y b) establecimientos que cuenten con un area mayor a 100 m2 hasta 500 m2 ­ ITSDC (ex ante); Procedimiento 41 denominado "modificacion de padron por incremento de flota de vehiculos menores"; Procedimiento 47 "duplicado de credencial de conductor de vehiculo menor"; Procedimiento 65 denominado "regularizacion de habilitaciones urbanas ejecutadas"; Procedimiento 96 "inspeccion tecnica basica de seguridad en Defensa Civil (en caso de denegacion de renovacion)" en los siguientes tramos: a) hasta 100 m2, y b) mas de 100 m2 hasta 500 m2; Procedimiento 101 "Inscripcion, Reconocimiento y/o Registro de Organizaciones Sociales"; Procedimiento 102 "Modificacion, Renovacion y/o Ratificacion de Juntas Directivas de Organizaciones Sociales". Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicacion y de la Ordenanza Nº 294-MDSMP; asi como del Anexo Nº 1 que contiene el listado de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el MORDAZA legal vigente. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada, conforme lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2º de la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase.

4. Los 93 derechos de tramite correspondientes a los 79 procedimientos listados en el Anexo Nº 1 del informe del Servicio de Administracion Tributaria, cumplen con los requisitos tecnicos establecidos en la Ordenanza Nº 607, que regula el procedimiento de ratificacion de ordenanzas distritales para la provincia de MORDAZA, debiendose precisar ademas que la estructura de costos de los derechos esta de acuerdo a los lineamientos de la Directiva Nº 001-00600000001, encontrandose por ello justificados. 5. La procedencia de la presente solicitud de ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion de la Ordenanza Nº 294-MDSMP, y en especial de la MORDAZA version del anexo que contiene el listado de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el MORDAZA legal vigente. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en su Dictamen Nº 184-2010-MML-CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la ratificacion de los 93 derechos correspondientes a un total de 79 procedimientos y servicios administrativos, que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza Nº 294-MDSMP, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres; que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del Informe Nº 004-181-00000162 del Servicio de Administracion Tributaria. Cabe senalar que la presente ratificacion, no alcanza a los derechos de tramite establecidos respecto a los procedimientos siguientes: Procedimiento 29 "licencia de funcionamiento" en los siguientes tramos: a) establecimientos hasta 100 m2 con capacidad no mayor de almacenamiento de 30% del area total del local ­ ITSDC (ex post), y b) establecimientos que cuenten con un area mayor a 100 m2 hasta 500 m2 ­ ITSDC (ex ante); Procedimiento 31 "variacion de

MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA
530399-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Declaran en reorganizacion y disponen la suspension temporal del otorgamiento de autorizaciones y/o permisos de operacion en el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 201-2010-A/MDC

Carabayllo, 17 de junio del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; VISTO: El Dictamen N° 002-2010-CDURT/MDC, emitido por la Comision de Desarrollo MORDAZA, Rural y Transporte del Concejo Municipal, quienes dictaminan por unanimidad opinar favorablemente por la aprobacion del Proyecto Sustitutorio de la Ordenanza Municipal, presentado por la Gerencia de Transporte sobre ordenamiento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores motorizados y no motorizados; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.2 del Articulo 81° de la Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades

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