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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de agosto de 2010 424015 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la EDPYME Nueva Visión S.A. la apertura de agencia en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 8489-2010 Lima, 6 de agosto de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por la EDPYME Nueva Visión S.A. a esta Superintendencia para la apertura de una agencia ubicada en Av. Diagonal Ramón Zavaleta Nº 121, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, EDPYME Nueva Visión S.A. en Sesión Ordinaria de Directorio, de fecha 23 de julio de 2010, aprobó la apertura de una agencia ubicada en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “C” y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 230° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, por la Resolución SBS Nº 775-2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 12883- 2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Nueva Visión S.A. la apertura de una (01) agencia ubicada en Av. Diagonal Ramón Zavaleta Nº 121, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 531000-1 Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de oficinas especiales en los distritos de San Juan de Lurigancho y Surquillo, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 8802-2010 Lima, 11 de agosto de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos ofi cinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de las agencias en mención; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la Resolución SBS Nº 775- 2008 y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de dos ofi cinas especiales con las siguientes ubicaciones: - Local Comercial Nº 6 de Av. Tusilagos Oeste Nº 281 Sector 3 - Urbanización Los Jardines de San Juan con frente lateral a Jr. Los Hinojos Nº 1201, 1205 y 1211, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. - Local Nº 18 de la Av. Angamos Nº 1803 con Av. Tomás Marsano Nº 961, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 531125-1 Autorizan a Prima AFP el cambio de dirección de agencia ubicada en la ciudad de Chimbote, departamento de Ancash RESOLUCIÓN SBS Nº 8804-2010 Lima, 11 de agosto de 2010 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: La carta Nº GDC-030-2010, ingresada con registro Nº 2010-39901 de fecha 23.07.2010, presentada por la Administradora Privada de Fondos de Pensiones Prima AFP, representada por su Gerente Comercial señor Renzo Ricci Cocchella; y el Informe Nº 019-2010-DSI, del Departamento de Supervisión de Instituciones. CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud recibida con fecha 23 de julio de 2010, el señor Renzo Ricci Cocchella, en representación de Prima AFP, solicita a esta Superintendencia se autorice a la citada Administradora Privada de Fondos de Pensiones, el cambio de dirección de su agencia ubicada en Jirón Francisco Bolognesi Nº 354, en la ciudad de Chimbote, Provincia del Santa, Departamento de Ancash; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cambio de dirección solicitado; Que, mediante Resolución SBS Nº 9448-2008, se autorizó a Prima AFP el funcionamiento defi nitivo de su agencia ubicada en la ciudad de Chimbote, en la dirección antes referida; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones, mediante Informe Nº 019- 2010-DSI, de fecha 4 de agosto de 2010; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Instituciones; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley