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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (20/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de agosto de 2010 424107 Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje: US$ 2 418,56 Viáticos: US$ 1 300,00 Tarifa Única Uso Aeropuerto: US$ 31,00 ---------------------- TOTAL US$ 3 749,56 Artículo 3°.- La Presente Resolución no dará derecho de exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 532581-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Inscriben a Studium E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN Nº 512-2010-JNE Expediente Nº J-2010-0452 Lima, ocho de julio de dos mil diez. VISTO el pedido de inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras, formulado por Miguel Luis Castillo Silva, en calidad de Gerente General de STUDIUM EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “STUDIUM E.I.R.L.”. CONSIDERANDOS 1. El artículo 18 de la Ley Nº 27369, modifi catoria de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que toda persona o institución que realice encuestas electorales para su difusión debe inscribirse ante el Jurado Nacional de Elecciones. Asimismo, faculta al Jurado Nacional de Elecciones a establecer los requisitos que deberán contener las encuestas o sondeos a publicarse o difundirse, adicionales al nombre del encuestador y la fi cha técnica (fecha, sistema de muestreo, tamaño, nivel de representatividad y el margen de error). Finalmente, autoriza al Jurado Nacional de Elecciones a suspender del registro a la persona o institución que realice encuestas electorales para su difusión y que no se ajusten estrictamente a los procedimientos normados. 2. Mediante el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por Resolución Nº 390- 2005-JNE y modifi cado por Resolución Nº 355-2006- JNE, se precisaron los requisitos para la inscripción de las encuestadoras y los referidos al contenido de las encuestas y fi cha técnica. 3. Los solicitantes han cumplido con los requisitos establecidos en la norma reglamentaria antes precisada, señalando su domicilio y acreditando a los profesionales califi cados; por lo que la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones deberá asignar un número de registro y abrir la partida correspondiente. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- INSCRIBIR en el Registro Electoral de Encuestadoras a STUDIUM EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “STUDIUM E.I.R.L.”, la que deberá sujetar su actividad a las reglas establecidas en las normas electorales respectivas. Artículo Segundo.- ABRIR la partida correspondiente a dicha encuestadora, asignándole como código de identifi cación el Registro Nº 190-REE/JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 518825-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco la apertura de agencia en el distrito de Ate, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 8819-2010 Lima, 12 de agosto del 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco, para que se le autorice la apertura de una (01) agencia ubicada en el departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco la apertura de una (01) agencia ubicada en la calle Las Dalias Manzana “A”, Lote Nº 1, Urbanización Virgen del Carmen, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 533240-1