TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de diciembre de 2010 430224 CULTURA Crean la “Orden de las Artes y las Letras” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2010-MC Lima, 1 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público y constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, conforme al literal d) del Artículo 7º de la Ley antes citada, es función exclusiva del Ministerio de Cultura “convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país”; Que, el reconocimiento público constituye una forma adecuada de expresar el agradecimiento de la Nación y el Gobierno hacia el mérito destacado en el ámbito cultural; Que, por estas razones, el Ministerio de Cultura propone crear una orden para premiar a los ciudadanos nacionales y/o extranjeros que contribuyan al progreso cultural del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Créase la “Orden de las Artes y las Letras” como máximo reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país. Artículo 2º.- El Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, aprobará el Reglamento que regule el procedimiento para el otorgamiento de la Orden. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura 573454-17 Autorizan salida temporal de bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación por el plazo que dure la permanencia de Embajador del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2010-MC Lima, 1 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente N° 005063-2010, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Hernán Antonio Couturier Mariatégui, solicitó ante el Ministerio de Cultura, autorización para la salida temporal del país de tres (03) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación de su propiedad, por cuanto mediante Resolución Suprema Nº 352-2010-RE de fecha 07 de septiembre de 2010, ha sido nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita, se encuentran cubiertos contra todo riesgo desde su lugar original hasta su destino fi nal, en mérito a la Póliza de Seguros Nº EH061751, emitida por Sterling Executive Home Policy, póliza con vigencia desde el 22 de noviembre de 2010 hasta el 09 de junio de 2011; Que, el Artículo 34° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación por viajes de Jefes de Misión, Cónsules o Diplomáticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, corresponde al Ministerio de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que resulta procedente autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158; la Ley N° 28296; y la Ley N° 29565; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, la salida temporal del país de tres (03) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente Resolución, de propiedad del señor Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Hernán Antonio Couturier Mariatégui, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución y por el plazo que dure su permanencia en el exterior como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Artículo 2°.- El Ministerio de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verifi car las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, durante su traslado, permanencia fuera del país y retorno. Artículo 3°.- El Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Hernán Antonio Couturier Mariatégui, deberá mantener vigente una póliza de seguro que cubra los tres (03) bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación de su propiedad, en tanto dure su cargo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Al culminar el cargo para el cual ha sido designado, y a efectos del retorno de los bienes culturales al país, don Hernán Antonio Couturier Mariatégui deberá de contar con una póliza de seguro que cubra el retorno de los mismos. Artículo 4°.- Los gastos relacionados al embalaje, fl etes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Hernán Antonio Couturier Mariatégui. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura RELACIÓN DE BIENES CULTURALES PERTENECIENTES AL SEÑOR HERNÁN ANTONIO COUTURIER MARIÁTEGUI Nº Nº de Registro Nacional Otros Códigos Tipo de Bien Denominación Material 1 0000129953 150131/V-2.0/E-907/01 Pintura Santísima Trinidad Tela 2 0000129954 150131/V-2.0/E-907/02 Pintura Cristo Crucifi cado Tela 3 0000129955 150131/V-2.0/E-907/03 Pintura Sagrada Familia y San Juan Niño Tela 573454-18