Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2010 (02/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

430236

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2010

JUSTICIA
Acceden a solicitudes de extradicion activa de ciudadanos peruano y colombiana, y disponen su MORDAZA a Brasil y Colombia
RESOLUCION SUPREMA N° 232-2010-JUS MORDAZA, 1 de diciembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 118-2010/ COE-TC, del 16 de noviembre de 2010, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica Federativa del Brasil del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 14 de setiembre de 2010, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en la modalidad de adquisicion, acondicionamiento y transporte de clorhidrato de cocaina con fines de comercializacion a nivel internacional, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 73-2010); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 118-2010/COE-TC, del 16 de noviembre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica Federativa del Brasil, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 25 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en la modalidad de adquisicion, acondicionamiento y transporte de clorhidrato de cocaina con fines de comercializacion a nivel internacional, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica Federativa del Brasil, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 573454-11 RESOLUCION SUPREMA N° 233-2010-JUS MORDAZA, 1 de diciembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 1212010/COE-TC, del 19 de noviembre de 2010, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica de Colombia de la ciudadana colombiana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 27 de octubre de 2010, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana colombiana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la Seguridad Publica - Comercializacion de armas; y, el Delito contra la Tranquilidad Publica - Paz Publica - Asociacion ilicita para delinquir, en perjuicio del Estado peruano (Expediente Nº 95-2010); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 121-2010/COE-TC, del 19 de noviembre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradicion firmado el 18 de MORDAZA de 1911", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 22 de octubre de 2004; y, la Convencion Interamericana contra la Fabricacion y el Trafico Ilicitos de MORDAZA de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados, suscrita en la MORDAZA de MORDAZA D.C. el 14 de noviembre de 1997; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa de la ciudadana colombiana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Tercer Juzgado Penal de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.