Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2010 (02/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

430237

Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Seguridad Publica - Comercializacion de armas; y, el Delito contra la Tranquilidad Publica - Paz Publica - Asociacion ilicita para delinquir, en perjuicio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de Colombia, de conformidad con los Acuerdos Internacionales vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 573454-12

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de ampliacion de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARRIDO, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica - Colusion, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a los Estados Unidos de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 573454-13

Acceden a solicitud de ampliacion de extradicion activa de ciudadano peruano y disponen su MORDAZA a los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 234-2010-JUS MORDAZA, 1 de diciembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 112-2010/ COE-TC, del 8 de noviembre de 2010, sobre la solicitud de ampliacion de extradicion activa a los Estados Unidos de MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARRIDO, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 16 de setiembre de 2010, declaro procedente la solicitud de ampliacion de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARRIDO, por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica Colusion, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 83-2010); Que, el literal "a" del Articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 112-2010/COE-TC del 8 de noviembre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del Articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en MORDAZA con fecha 25 de MORDAZA de 2001;

Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenado para que cumpla el resto de su condena en un Establecimiento Penitenciario de los Estados Unidos Mexicanos
RESOLUCION SUPREMA N° 235-2010-JUS MORDAZA, 1 de diciembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 117-2010/ COE-TC, del 15 de noviembre de 2010, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad mexicana MORDAZA MORDAZA MORDAZA FUENTES; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 543º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el Juzgado Penal Colegiado del lugar donde se encuentra cumpliendo pena el condenado extranjero, decide sobre la solicitud de traslado pasivo; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Primera Sala Penal con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia del Callao, mediante Resolucion Consultiva de fecha 09 de junio de 2010, declaro procedente la solicitud de traslado pasivo desde el Peru a los Estados Unidos Mexicanos del condenado de nacionalidad mexicana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra cumpliendo condena en nuestro MORDAZA en el Establecimiento Penitenciario del Callao, por la comision del Delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 231-2009); Que, el literal "d" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no el traslado de condenado pasivo, remitido por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.