Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2010 (02/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

430238

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2010

mediante el Informe Nº 117-2010/COE-TC, del 15 de noviembre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 540º del Codigo Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir el traslado de condenados, activo o pasivo, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo Informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Convenio sobre Ejecucion de Sentencias Penales entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Republica del Peru, suscrito en la MORDAZA de Mexico el 25 de octubre de 2002; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad mexicana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, recluido en el Establecimiento Penitenciario del Callao, para que cumpla el resto de la condena impuesta por nuestras autoridades judiciales en un Establecimiento Penitenciario de los Estados Unidos Mexicanos, solicitud que fuera declarada procedente por la Primera Sala Penal con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia del Callao. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 573454-14

extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 125-2010/COE-TC, del 24 de noviembre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en MORDAZA el 25 de MORDAZA de 2001; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA VICUNA MORDAZA, formulada por el Tribunal del Distrito de los Estados Unidos de MORDAZA para el Distrito Meridional de Illinois y declarada procedente por al MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision de los Delitos de Fraude de Servicios Medicos, Fraude por Correo, Uso Indebido de una Tarjeta del Seguro Social y Quebrantamiento del Deber de Comparecer ante los Tribunales de Justicia y disponer su entrega al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 573454-15

Acceden a solicitud de extradicion pasiva de ciudadano peruano y disponen su entrega al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 236-2010-JUS MORDAZA, 1 de diciembre de 2010 VISTO, el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 125-2010/ COE-TC, del 24 de noviembre de 2010, sobre la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA VICUNA MORDAZA, formulada por el Tribunal del Distrito de los Estados Unidos de MORDAZA para el Distrito Meridional de Illinois; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 2 de MORDAZA de 2008, declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA VICUNA MORDAZA, por la presunta comision de los Delitos de Fraude de Servicios Medicos, Fraude por Correo, Uso Indebido de una Tarjeta del Seguro Social y Quebrantamiento del Deber de Comparecer ante los Tribunales de Justicia (Expediente Nº 68-2007); Que, el literal "b" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de

Deniegan solicitud de extradicion activa formulada por la Sala Especializada en lo Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte
RESOLUCION SUPREMA N° 237-2010-JUS MORDAZA, 1 de diciembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 120-2010/ COE-TC, del 22 de noviembre de 2010, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Especializada en lo Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.