Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2010 (02/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
Modalidad y fecha de colocacion

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2010

a traves de la entrega del MORDAZA Soberano SB04ENE26A, cuya emision se aprueba en el articulo 7º siguiente. 5.2 La Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, con la participacion del Gobierno Regional del Departamento de San MORDAZA, efectuaran la conciliacion, al 03 de enero de 2013, del monto desembolsado con cargo a la operacion de endeudamiento que se aprueba mediante el articulo 2º de este decreto supremo. Efectuada la conciliacion del monto total desembolsado, se determinara, de acuerdo con lo establecido en el respectivo convenio de administracion de deuda, la cantidad de bonos soberanos que seran entregados al Banco de la Nacion. 5.3 El presente articulo entrara en vigencia el 04 de enero de 2013. Articulo 6°.- Aprobacion administracion de deuda de operacion de

Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables : En oferta privada al Banco de la Nacion en las siguientes fechas: a. El 04 de enero de 2014 para el caso de la operacion que financia el "Proyecto "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Juanjui". b. El 04 de enero de 2013 para el caso de la operacion que financia el "Proyecto Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de Saposoa". c. El 04 de MORDAZA de 2013 para el caso de la operacion que financia el "Proyecto Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de MORDAZA, Provincia de MORDAZA - San Martin". Registro : Anotacion en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de MORDAZA

6.1 Apruebese la operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se generen de la operacion de endeudamiento que se aprueba en el articulo 3º de este decreto supremo, bajo la modalidad de refinanciacion a traves de la entrega del MORDAZA Soberano SB04ENE26A, cuya emision se aprueba en el articulo 7º siguiente. 6.2 La Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, con la participacion del Gobierno Regional del Departamento de San MORDAZA, efectuaran la conciliacion, al 03 de MORDAZA de 2013, del monto desembolsado con cargo a la operacion de endeudamiento que se aprueba mediante el articulo 3º de este decreto supremo. Efectuada la conciliacion del monto total desembolsado, se determinara, de acuerdo con lo establecido en el respectivo convenio de Administracion de Deuda, la cantidad de bonos soberanos que seran entregados al Banco de la Nacion. 6.3 El presente articulo entrara en vigencia el 04 de MORDAZA de 2013. Articulo 7º.- De la emision de bonos soberanos 7.1 Apruebese la emision interna de bonos hasta por un total de S/. 122 380 362,08 (CIENTO VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS Y 08/100 NUEVOS SOLES), la cual forma parte de las operaciones de administracion de deuda a que se refieren los articulos 4º, 5º y 6º del presente decreto supremo y cuyas caracteristicas seran como se detalla a continuacion:
Monto a emitir : El monto sera determinado por Resolucion Directoral de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico en la fecha de colocacion del MORDAZA soberano. : Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. : Nuevos Soles : Amortizable semestralmente junto con el cupon. : El 04 de enero de 2026 : En el caso de la operacion de administracion de deuda aprobada por el articulo 5º de este decreto supremo, se determinara en la fecha de colocacion del MORDAZA Soberano SB04ENE26A, y sera equivalente a aquella que le corresponda a un MORDAZA soberano de similar duracion y que se encuentre en circulacion en el MORDAZA domestico, denominado en moneda nacional y a tasa fija. Para las operaciones de administracion de deuda aprobadas por los articulos 4º y 6º de este decreto supremo, se MORDAZA una reapertura de la serie correspondiente a dicho MORDAZA, cuya Tasa Cupon sera la que corresponde al MORDAZA Soberano SB04ENE26A.

Unidad Responsable

Moneda Pago de Principal Fecha de Redencion del MORDAZA Tasa Cupon

7.2 Las caracteristicas adicionales de la citada emision interna se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno vigente a la fecha de dicha emision. Articulo 8°.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora de los proyectos de inversion publica denominados "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Juanjui", "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de MORDAZA, Provincia de MORDAZA - San Martin", y "Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de Saposoa", sera el Gobierno Regional del Departamento de San Martin. Articulo 9º.- Suscripcion de documentos 9.1 Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, los contratos de prestamo de las operaciones de endeudamiento interno que se aprueban en los articulos 1º, 2º y 3º de este decreto supremo; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar las citadas operaciones. 9.2 Autoricese al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos derivados de las operaciones de administracion de deuda que se aprueban en los articulos 4º, 5º y 6º de este decreto supremo asi como los derivados de la emision del MORDAZA Soberano SB04ENE26A que se aprueba en el articulo 7º de este decreto supremo. Articulo 10°.- Servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasionen las operaciones de endeudamiento interno aprobadas en los articulos 1º, 2º y 3º de este decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos del Fideicomiso que el Gobierno Regional del Departamento de San MORDAZA, ha constituido con la Corporacion Financiera de Desarrollo COFIDE S.A., conforme a lo dispuesto en el numeral 2.1 del Articulo 2º del Decreto de Urgencia N° 011-2010. Articulo 11º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, el primer dia del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 573454-2

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