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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (12/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de diciembre de 2010 430832 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ascender al grado de General de la Policía Nacional del Perú, con fecha 1 de enero de 2011, a los Coroneles Policías y de Servicios de la Policía Nacional del Perú que a continuación se indica: 1 Coronel PNP BUSTAMANTE ESCURRA Juan Carlos 2 Coronel PNP CORTIJO ARRIETA César 3 Coronel PNP DEL ÁGUILA CABANILLAS Orlando 4 Coronel PNP FLORES GOICOCHEA Jorge 5 Coronel PNP GAMARRA MALPARTIDA Abel César 6 Coronel PNP HURTADO CÁRDENAS Nemecio Darío 7 Coronel PNP MORAN SOTO Carlos 8 Coronel PNP OCAMPO RÍOS Haroldo Obermeyer 9 Coronel PNP RÍOS ADRIANZEN Whitman Cayo 10 Coronel PNP ROJAS HERRERA Víctor Eduardo 11 Coronel PNP ROSAS BEJARANO Herbert Raúl 12 Coronel PNP SEMINO CORDOVA Adolfo Francisco 13 Coronel PNP TORRES FALCON Víctor Manuel 14 Coronel PNP VERGARA MALPARTIDA César Victoriano 15 Coronel PNP VILLENA TUPA Américo 16 Coronel PNP ZEGARRA SILVA Néstor Rogers 17 Coronel SPNP BARONI CARRILLO Pedro Carlos 18 Coronel SPNP CÁRDENAS JAEN George Adriel 19 Coronel SPNP CHACON FLORES Antonio Armando 20 Coronel SPNP GALA SOLDEVILLA Carlos Rigoberto Artículo 2°.- Otórgueseles los Despachos correspondientes e inscríbaseles en el Escalafón respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República E. MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior 576903-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1134-2010-IN Mediante Ofi cio Nº 3404-2010-IN/0601 el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 1134-2010-IN, publicada en la edición del 6 de diciembre de 2010. DICE: “Artículo Único.- Designar al señor abogado José Eduardo Lecaros Durand en el cargo público de confi anza de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Director General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior.” DEBE DECIR: “Artículo Único.- Designar al señor abogado José Eduardo Lecaros Duran en el cargo público de confi anza de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Director General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior.” 576242-1 PRODUCE Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta y anchoveta blanca en área del dominio marítimo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 327-2010-PRODUCE Lima, 11 de diciembre de 2010 VISTO: el Ofi cio Nº DE-100-332-2010-PRODUCE/ IMP, el Informe Nº 1064-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 097-2010-PRODUCE/OGAJ- cbenavideso de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9º de la citada Ley contempla que, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, el Ministerio de la Producción determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; asimismo establece que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio; Que, por Resolución Ministerial Nº 279-2010- PRODUCE del 27 de octubre del 2010, se autorizó el inicio de la Segunda Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16º00’00’’ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 20 de noviembre de 2010. Asimismo, se fi jó en 2’070,000 millones de toneladas como Límite Máximo Total de Captura Permisible (LMTCP) del recurso anchoveta para consumo humano indirecto para la presente temporada de pesca de la zona norte-centro; Que, el artículo 7º de la citada Resolución Ministerial, establece que cuando se registre ejemplares juveniles de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en porcentajes superiores al 10% de los desembarques diarios de un determinado puerto, se suspenderá las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un periodo mínimo de tres (3) días consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia, si dichos volúmenes de desembarques pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recurso mencionado; Que, el artículo 10º de la comentada Resolución Ministerial, dispone que el IMARPE está obligado a informar a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, sobre el seguimiento de las actividades extractivas, principalmente referidas a las capturas diarias de anchoveta e incidencia de juveniles; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 319-2010- PRODUCE, se suspendierón las actividades extractivas de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), a partir de las 00:00 horas del 3 de diciembre del 2010 y por un periodo de cinco (5) días calendario, en las áreas marítimas comprendidas entre los 09º30’S (Casma) – 10º29’59’’S (Punta Bermejo) y 14º00’S (Pisco) – 15º29’59’’ (San Juan); Que, con Resolución Ministerial Nº 321-2010- PRODUCE/, fuerón ampliados los alcances de la mencionada Resolución Ministerial, suspendiéndose las actividades extractivas de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), a partir del día siguiente a su publicación, desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú hasta el paralelo 16º00’00’’S, con una duración de siete (7) días calendario, que vencen el día 12 de diciembre de 2010; Que, mediante Ofi cio Nº DE-100-332-2010- PRODUCE/IMP, el Instituto del Mar del Perú – IMARPE remitió el “Reporte de la Pesquería de Anchoveta en la Región Norte-Centro del Litoral Peruano del 20 de noviembre al 09 de diciembre de 2010”, a través del cual indica que las condiciones ambientales en el Pacífi co