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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de diciembre de 2010 430833 ecuatorial, continúan presentando anomalías negativas de temperatura, debido al desarrollo del evento La Niña, y las condiciones oceanográfi cas en el litoral peruano vienen presentando cambios muy rápidos provocando la redistribución de los recursos vivos, entre ellos la anchoveta y el ingreso de otras especies; Que, el IMARPE señala además que el desembarque estimado de anchoveta entre el 20 de noviembre y el 09 de diciembre de 2010, fue de 385 mil toneladas métricas, siendo los puertos de mayor desembarque Chimbote, Chicama, Pisco, Callao y Chancay. Así también, la estructura de tallas de anchoveta observada para la región norte-centro, presentó un rango de tallas entre 6,5 y 17,5 cm de longitud total, con moda principal de 13,5 cm en noviembre y entre 14,0-14,5 cm en diciembre, y modas secundarias de 12,5 cm y 10,0 cm; mientras que la información del crucero confi rma la amplia distribución de tallas juveniles presentes en toda la región norte-centro mostrando estructuras con modas de ejemplares juveniles en 5,0 cm, 7,0 – 7,5 cm y 9,0 – 10,0 cm de longitud total, evidenciando una mayor incidencia de juveniles dentro de las 50 millas de la costa. La información de Bitácoras de pesca también registra alta incidencia de juveniles así como observaciones de capturas de otras especies, en el área comprendida entre Chimbote y Huacho; reportando también presencia de descartes de juveniles de anchoveta, situación que podría atentar seriamente contra la sostenibilidad del recurso, por lo que recomienda suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta en la región norte-centro por siete (7) días; Que, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero en su Informe Nº 1064-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi y, sobre la base de lo informado por IMARPE, recomienda la suspensión de la actividad extractiva del recurso anchoveta, por un periodo de siete (7) días consecutivos, desde el extremo norte del dominio marítimo hasta los 16º00’00’’S; Con el visado de la Viceministra de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1027, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1047; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), a partir de las 00:00 horas del día 13 de diciembre de 2010, por un período de siete (7) días calendario, en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo hasta los 16º00’00’’S. Artículo 2º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución será sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC) aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demás normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Artículo 3º.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales en Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANIBAR Ministro de la Producción 576902-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la contratación para el reemplazo por cese de personal y de Inspector de Trabajo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 DECRETO SUPREMO N° 013-2010-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 022-2010-TR del 16 de agosto de 2010, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 190-2010-TR del 17 de agosto de 2010, se aprueba el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que contempla, entre otros, plazas de Inspector Auxiliar y de Inspector de Trabajo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728; Que, el numeral 3.1 del artículo 3° del Decreto Supremo N° 021-2007-TR, Reglamento de la Carrera del Inspector de Trabajo, prescribe que el ingreso como servidor integrante de la Carrera del Inspector de Trabajo se hará en el grupo de inspector auxiliar, mediante concurso público; asimismo, el artículo 4.1 del artículo 4º del referido Reglamento, establece que los inspectores auxiliares que cuenten al menos con dos (02) años de desempeño efectivo de funciones inspectivas, podrán postular a los concursos de promoción interna que se convoquen para el ascenso al grupo correspondiente de los inspectores de trabajo; Que, el numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, sobre medidas en materia de personal, establece que queda prohibido el ingreso de personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento, excepto, entre otros supuestos, para la contratación para el reemplazo por cese del personal, siempre y cuando se cuente con plaza presupuestada y que dicho cese se haya producido a partir del Año Fiscal 2009; Que, asimismo, conforme lo establece el último párrafo del numeral 9.1 del artículo 9° de la referida Ley y el literal b) del artículo 2° del Decreto de Urgencia Nº 113-2009, que dicta medidas de disciplina presupuestaria para la gestión de personal durante el Año Fiscal 2010, la excepción a que se refi ere el considerando precedente, será aprobada mediante Decreto Supremo, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Informe Nº 267-2010-EF/76.19 del 03 de diciembre de 2010, de la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se opina favorablemente para que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo efectúe la contratación para el reemplazo por cese de personal de seis (06) plazas vacantes de Inspector Auxiliar, y de tres (03) plazas de Inspector de Trabajo, para el ascenso interno, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; el numeral 3) del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley Nº 29465 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el literal b) del artículo 2° del Decreto de Urgencia Nº 113- 2009, que dicta medidas de disciplina presupuestaria para la gestión de personal durante el Año Fiscal 2010;