Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2010 (18/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de diciembre de 2010

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 104-MDPH que MORDAZA el Procedimiento para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias en Bienes y/o Servicios
ORDENANZA Nº 195-2010-MDPH
Punta MORDAZA, 13 de diciembre del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de Diciembre del 2010; VISTO: El proyecto de ordenanza para la modificacion de la Ordenanza Municipal Nº 104 ­ MDPH, que regula el Procedimiento para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias en Bienes y/o Servicios; CONSIDERANDO: Que, el articulo 32 del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece como forma de pago de la deuda tributaria, aparte del pago en efectivo, otros medios de pago que la ley establezca. Que, en el articulo 40 del Codigo Tributario se senala que la deuda tributaria podra compensarse total o parcialmente, de forma automatica, unicamente en los casos establecidos expresamente por ley, y de oficio por la Administracion Tributaria. Asimismo, advierte que la compensacion a solicitud de parte, la que debera ser efectuada por la Administracion Tributaria, previo cumplimiento de los requisitos, forma y condiciones que esta senale. Que, es politica de la actual gestion municipal incentivar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones por parte de los contribuyentes, y considerando que existe un alto porcentaje de morosidad entre los Contribuyentes del distrito, que no han cumplido con honrar sus deudas tributarias, es necesario brindar las facilidades que requieren, a efectos de que cumplan con regularizar el pago de sus obligaciones tributarias. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 1º, 2º, 4º, 5º, 6º, 7º inciso 2) literal e), 8º, 9º, 10º, 13º, 16º, 17º incisos b) y c), 19º y 20º DE LA ORDENANZA Nº 104-MDPH Articulo Primero.- MODIFICAR, los articulos 1º, 2º, 4º, 5º, 6º, 7º inciso 2) literal e), 8º, 9º, 10º, 13º, 16º, 17º incisos b) y c), 19º y 20º de la Ordenanza Municipal Nº 104 - MDPH, los que quedan redactados de la siguiente forma: Articulo 1.- FINALIDAD.-La Ordenanza tiene por finalidad establecer el procedimiento mediante cual las personas naturales y juridicas que tengan deudas tributarias presentes o futuras, puedan cumplir con el pago de las mismas mediante la entrega de bienes muebles, inmuebles y valores o la prestacion de servicios a la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Articulo 2.- AMBITO DE APLICACION.-La presente Ordenanza sera de aplicacion en el territorio del distrito de Punta Hermosa. Comprende el pago, tal como se ha senalado en el articulo precedente, de todas las deudas tributarias presentes o futuras que se registren en la Base de Datos de la Oficina de Rentas de la Municipalidad, incluyendo las que se encuentren en cobranza coactiva.

Articulo 4.- ACOGIMIENTO DE LA DEUDA.-Los contribuyentes que, de manera voluntaria, deseen acogerse al presente regimen de pago, de deudas tributarias presentes o futuras deberan cancelar, previamente a la MORDAZA de su solicitud, el total de los gastos administrativos y costas del procedimiento de ejecucion coactiva generada por la deuda pendiente de pago, solo en caso se hubieren generado estos. En el caso de aquellos contribuyentes que no tengan deuda tributaria pendiente se podran acoger al beneficio establecido en la presente Ordenanza, con cargo a las reglas de imputacion al pago establecidas en el Codigo Tributario. Articulo 5.- IMPUTACION DEL PAGO. Es requisito indispensable para acogerse a la presente Ordenanza que el deudor tributario se desista por escrito del recurso impugnativo, en caso existiera. La imputacion de los pagos a realizarse debera respetar el orden de prelacion por antiguedad de la deuda, establecido en el Codigo Tributario. En el caso de aquellos contribuyentes que realicen el pago con respecto de deudas tributarias futuras, estas podran ser cobradas bajo la modalidad de la compensacion del pago, en los terminos descritos en el articulo 40º del Codigo Tributario. La compensacion podra efectuarse mediante el pago de bienes y servicios, que MORDAZA previamente aprobados por la Oficina de Rentas de la Municipalidad. Para efectos de los beneficios establecidos al MORDAZA de la presente Ordenanza, el concepto bienes incluye todo MORDAZA de activos MORDAZA estos muebles o inmuebles, ejecucion de obras o similares que incrementen o mejoren la infraestructura del distrito o de la Municipalidad, sin que el listado MORDAZA mencionado sea excluyente o taxativo. Articulo 6.- SOLICITUD.- Los contribuyentes deberan presentar una solicitud de acogimiento cuyo formato sera distribuido en la Oficina de Rentas de la Municipalidad, la misma que forma parte de la presente Ordenanza. En dicha solicitud, se debera indicar en forma expresa, el MORDAZA de bien o servicio que sera materia de pago de la deuda tributaria devengada o por devengarse. . La solicitud que requiera acogerse a los beneficios que otorga la presente Ordenanza tendra caracter de declaracion jurada y de peticion de MORDAZA, en los terminos planteados por el articulo 112º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y por tanto, el contribuyente desde el inicio del procedimiento, conoce que su derecho se agota con su MORDAZA y que no caben recursos administrativos contra la decision de la Municipalidad. La solicitud y los documentos referidos en el articulo siguiente deberan ser presentados en la Mesa de Partes de la Municipalidad, donde se codificara su ingreso mediante un numero de expediente e iniciara su MORDAZA de calificacion para el pago mediante la entrega de bienes o prestacion de servicios. El contribuyente podra solicitar a la Unidad de Logistica, MORDAZA de la MORDAZA de su solicitud, informacion respecto a las condiciones, caracteristicas y demas detalles de los bienes y servicios que la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA requiera. En caso, el contribuyente desista de acogerse al regimen de pago contenido en la presente Ordenanza, podra presentar una solicitud de desistimiento, a la que seran aplicables las normas contenidas en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, la Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley del Silencio Administrativo y, supletoriamente, siempre y cuando sea compatible con las normas MORDAZA citadas, el Codigo Procesal Civil. Articulo 7.- DOCUMENTOS QUE DEBERAN PRESENTARSE.Para acogerse al regimen de pago en bienes muebles, inmuebles y valores o servicios, se debera presentar la siguiente documentacion: (...) 2. Para el pago en SERVICIOS.a) MORDAZA simple del documento de identidad o comprobante de informacion registrada en el RUC expedido por SUNAT, del solicitante y del representante legal, de ser el caso. b) MORDAZA simple del recibo de pago, dentro del ultimo trimestre, de luz, agua o telefono.

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