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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de diciembre de 2010 431191 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 3.6.4. del parágrafo 3.6 del inciso 3 del artículo 79 de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, establece que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales; Que, a fi n de motivar la formalización y otorgar las facilidades a los vecinos para que mejoren sus condiciones de vida, se conviertan en sujetos de crédito y en general mejoren su bienestar, resulta necesario, de manera excepcional promover su acogimiento con medidas económicas efi caces pero temporales; Que, la Ordenanza N° 238-MDJM, modifi cada por las Ordenanzas N°s. 260 y 346-MDJM, aprobó el procedimiento para otorgar Licencia Única de Funcionamiento de carácter excepcional por zonifi cación no conforme a aquellos casos en que los giros solicitados no sean conformes con la zonifi cación aprobada mediante Ordenanza N° 1017-MML, publicada con fecha 16 de mayo del 2007; Que, mediante Informe Nº 349-2010-MDJM-GDUyA- SGLyA de fecha 09 de diciembre del 2010, la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones, sustenta técnicamente la necesidad de dictar la norma que restablezca temporalmente el procedimiento para otorgar la Licencia de Funcionamiento Única de carácter excepcional por zonifi cación no conforme, fundado en el crecimiento y consolidación económica de los vecinos del distrito; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, con Informe Nº 1902-2010/MDJM/GAJyRC de fecha 09 de diciembre del 2010, ha opinado por la procedencia legal de la propuesta; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RESTABLECE TEMPORALMENTE EL PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO ÚNICA DE CARÁCTER EXCEPCIONAL POR ZONIFICACIÓN NO CONFORME Artículo Primero.- OBJETO RESTITÚYASE la vigencia temporal de las Ordenanzas Nºs. 238, 260, 346-MDJM, las cuales establecieron el procedimiento para obtener la Licencia Única de Funcionamiento de Carácter Excepcional en aquellos casos en que los giros solicitados no sean conformes con la zonifi cación aprobada. Artículo Segundo.- VIGENCIA El plazo para presentar las solicitudes y acogerse al benefi cio que otorga la presente norma, es de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- DEROGATORIA DERÓGASE el inciso e) del artículo 4 de la Ordenanza Nº 238-MDJM. Artículo Cuarto.- MODIFICACIÓN MODIFÍCASE el artículo 5 de la Ordenanza N° 238- MDJM, el mismo que tendrá el siguiente texto: “Articulo 5.- Además de los requisitos señalados en los artículos 2 y 4, los solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en los Ítem 01.16, 01.17 y 01.18 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA (Licencia Única de Funcionamiento) según corresponda”. Artículo Quinto.- MODIFICACIÓN ENCÁRGASE a la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones indicar de modo expreso, en las Licencias que otorgue al amparo de la presente Ordenanza, el plazo por el cual se otorgan las mismas. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 579187-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 076-2010-MDP/C DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2010-MDP/C Pachacámac, 12 de noviembre del 2010 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, precisa que las Municipalidades Provincial y Distritales son Órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza Nº 076-2010-MDP/C, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el 13 de agosto del 2010, se aprobó “La regularización de benefi cios para el canje y/o renovación de licencias de funcionamiento y para establecimientos comerciales que ejercen e inician giros menores”; Que, en virtud de la facultad conferida en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 076-2010-MDP/C, resulta pertinente mediante Decreto de Alcaldía prorrogar la vigencia de la misma a efectos de seguir promoviendo e incentivando la formalización de los establecimientos comerciales que ejercen e inicien giros menores, así como el canje y/o renovación de las licencias de funcionamiento, ambos benefi cios con la fi nalidad de garantizar el acceso y permanencia de los agentes económicos en el mercado local. Que, estando al Informe Nº 101-2010-MDP/GDET e Informe Nº 0230-2010-MDP/OAJ y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y en aplicación del Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero: PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 076-2010-MDP/C por noventa (90) días. Articulo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico y Turístico, Jefatura de Defensa Civil, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y Subgerencias que la conforman, el cumplimiento del presente Decreto y a la Ofi cina de Informática y Estadística, Secretaria General y Unidad de Imagen Institucional la publicación y difusión de la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 579359-1