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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de diciembre de 2010 432164 Marañón (Código VI), la que a partir del 01 de enero de 2011, ejercerá sus funciones asignadas de acuerdo a ley. Artículo 2º.- Precisar que las Administraciones Locales de Agua del ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI), continuarán ejerciendo la función de primera instancia administrativa hasta el 31 de diciembre del 2010. Artículo 3º.- Disponer que los expedientes administrativos que no hayan sido resueltos al 31 de diciembre del 2010 y que sean de competencia de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI), deberán ser remitidos a la citada dirección para la prosecución de su trámite, sin retrotraer etapas ni suspender plazos. Regístrese, comuníquese y publíquese, CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA Jefe Autoridad Nacional del Agua 584114-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 762-2010-ANA Lima, 29 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, las Administraciones Locales de Agua ejercen funciones de primera instancia administrativa hasta que se implementen las Autoridades Administrativas del Agua; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 546- 2009-ANA, ratificada por la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, se aprobó la delimitación de los ámbitos territoriales de los catorce (14) órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua, entre ellos la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque – Zarumilla (Código V); Que, con Resolución Jefatural Nº 312-2010-ANA, se designó al profesional que se encargará de las funciones de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque – Zarumilla (Código V); Que, habiéndose concluido con el proceso de implementación de la precitada Autoridad Administrativa del Agua, es necesario dictar las disposiciones que permitan el desarrollo de sus funciones, en el marco de la legislación vigente en materia de recursos hídricos; Con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y de la Secretaria General, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010- AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la terminación del proceso de implementación de la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque – Zarumilla (Código V), la que a partir del 01 de enero de 2011, ejercerá sus funciones asignadas de acuerdo a ley. Artículo 2º.- Precisar que las Administraciones Locales de Agua del ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque – Zarumilla (Código V), continuarán ejerciendo la función de primera instancia administrativa hasta el 31 de diciembre del 2010. Artículo 3º.- Disponer que los expedientes administrativos que no hayan sido resueltos al 31 de diciembre del 2010 y que sean de competencia de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque – Zarumilla (Código V), deberán ser remitidos a la citada dirección para la prosecución de su trámite, sin retrotraer etapas ni suspender plazos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA Jefe Autoridad Nacional del Agua 584114-2 AMBIENTE Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 257-2010-MINAM Lima, 28 de diciembre de 2010 Visto el Memorándum Nº 010-2010-DE/PEPEN-SG- MINAM de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional”; el Informe Nº 291-2010- OPP-MINAM de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 557-2010-OAJ-MINAM de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2010- MINAM modifi cado por el Decreto Supremo Nº 016- 2010-MINAM, se crea el Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional”, en el ámbito del Ministerio del Ambiente, con el objeto de desarrollar las actividades para el desarrollo y ejecución del Parque Ecológico Nacional que permita contar con un espacio en donde la población de la provincia de Lima pueda gozar de un ambiente saludable y solaz, admirar la biodiversidad existente y representativa de la zona, así como con un área que contribuya con la recuperación de la calidad atmosférica de la ciudad de Lima; Que, el Decreto Supremo Nº 016-2010-MINAM, establece en su artículo 10º que el Ministerio del Ambiente aprobará mediante Resolución Ministerial, el Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional”; Que, en ese sentido, habiendo presentado la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional” una propuesta de Manual de Operaciones, resulta necesario proceder a su aprobación; Con el visado del Secretario General, el Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley Nº 29158, Ley Nº 27594, Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM y Decreto Supremo Nº 013-2010-MINAM modifi cado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional” cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional”, a que se refi ere el artículo anterior, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 584121-1