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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de enero de 2010 410566 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Acuerdo Nº 552.- Ratifi can derechos correspondientes a 44 procedimientos y servicios administrativos contenidos en la Ordenanza N° 005-2009-MDPN de la Municipalidad de Punta Negra 410646 Fe de Erratas Ordenanza Nº 1338 410647 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Ordenanza Nº 331-2009-MDJM.- Modifi can el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad 410647 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Ordenanza Nº 005-2009-MDPN.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad 410648 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza Nº 281-MSI.- Aprueban exoneraciones para el uso del auditorio, sala multiusos y sala de arte de la Municipalidad 410649 D.A. Nº 001-ALC/MSI.- Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de deudas tributarias de la Municipalidad de San Isidro 410650 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES D.A. Nº 025-2009/MDSMP.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 281-MDSMP que estableció facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales o formales 410654 D.A. Nº 026-2009/MDSMP.- Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 270-MDSMP que estableció benefi cios tributarios y no tributarios a favor de contribuyentes 410655 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO D.A. Nº 011-2009-MDS.- Prorrogan vigencia de Amnistía Tributaria y Administrativa aprobada por la Ordenanza N° 227-MDS 410655 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA R.A. Nº 370-2009-MDSJB.- Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad 410656 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Addendum N° 2 al Convenio de Financiación Específico con la Comunidad Europea “Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú - JUSPER” 410658 Entrada en vigencia del Convenio de Financiación con la Comunidad Europea - Modernización del Estado y buena gobernanza: MEF (AAP 2007) Mejora de los Instrumentos de Planifi cación, Programación, Seguimiento y Control de calidad del gasto y la Inversión Pública 410658 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. N° 074-2009-CD, INF.250-GL y N° 373 y 272-2009-GG/ OSIPTEL.- Declaran infundado recurso de apelación interpuesto por Antenas Cable Visión Satélite S.A. contra Res. N°373-2009-GG/ OSIPTEL 410544 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29494 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 3º Y 4º DEL DECRETO DE URGENCIA NÚM. 074-2000, REFERIDO AL PROCESO DE RECUPERACIÓN DE DEUDAS POR CONEXIÓN DOMICILIARIA Artículo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene el objeto de establecer el proceso de recuperación de deudas por conexión domiciliaria fi nanciadas con recursos del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) sin afectar el cobro de los comprobantes de pago de los servicios de agua potable y alcantarillado, que realizan las entidades prestadoras de servicios de saneamiento. Artículo 2º.- Modifi cación del párrafo 3.1 del artículo 3º del Decreto de Urgencia núm. 074-2000 Modifícase el párrafo 3.1 del artículo 3º del Decreto de Urgencia núm. 074-2000, en los siguientes términos: “Artículo 3º.- Notifi cación de saldos deudores y acreedores 3.1 La Comisión Liquidadora del Fondo Nacional de Vivienda (Colfonavi) notifi ca los saldos deudores a través de las empresas concesionarias de electricidad, las entidades prestadoras de servicios de saneamiento o las que efectúen en sustitución de estas las cobranzas respectivas. La notifi cación se efectúa mediante liquidación individual a cada prestatario. (…)” Artículo 3º.- Modifi cación del artículo 4º del Decreto de Urgencia núm. 074-2000 Modifícase el artículo 4º del Decreto de Urgencia núm. 074-2000, en los siguientes términos: “Artículo 4º.- Proceso de recuperación de deudas por conexión domiciliaria 4.1 Conforme a las instrucciones que imparta la Comisión Liquidadora del Fondo Nacional de Vivienda (Colfonavi), las empresas concesionarias de distribución de electricidad incluyen, en forma diferenciada en los recibos de consumo del servicio que emitan, la cobranza de las cuotas mensuales de la deuda por conexión domiciliaria determinada de conformidad con lo establecido en la presente norma, siéndoles de plena aplicación las disposiciones del Decreto Supremo núm. 01-94-PRES y normas modifi catorias, y, cuando corresponda, los convenios marco sobre Recuperación de Inversiones Fonavi celebrados con la UTE-Fonavi. Para el caso de las obras de servicios de saneamiento y en los proyectos que no se encuentren administrados por entidades prestadoras de servicios de saneamiento o empresas concesionarias de distribución de