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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de enero de 2010 410571 CATEGORIA GANADOR(ES) INICIATIVA V - Campañas en Medios de Comunicación • Profesor Luis Alberto Yupanqui Colono y estudiantes de la Institución Educativa Pueblo Libre de Pauriali, distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín. “Televisión desde la Escuela” VI - Voluntariado Ambiental • Institución Educativa Túpac Amaru de Pozuzo, Oxapampa, Pasco “Ecoclub Escolar” • Acobia Dwazoo – Asociación para la Conservación de la Biodiversidad Amazónica y Dallas World Aquarium Zoo “Rescate de Manatíes” VII – Econegocios • Municipalidad Distrital de Chucuito y la Comunidad de Luquina Chico de Puno “Turismo Vivencial Comunitario” Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 442322-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aceptan renuncia de Viceministro de Turismo RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2010-MINCETUR Lima, 7 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema N° 037-2008- MINCETUR, de fecha 29 de febrero de 2008, se designó al señor PABLO LÓPEZ DE ROMAÑA CÁCERES, en el cargo de Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, dicho funcionario ha formulado renuncia al cargo; De, conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el señor PABLO LÓPEZ DE ROMAÑA CÁCERES, al cargo de Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARTIN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 443473-10 Designan Viceministro de Turismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2010-MINCETUR Lima, 7 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor BORIS GÓMEZ LUNA, en el cargo de Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 443473-11 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 007-2010-DE/SG Lima, 4 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº 1180 de fecha 09 de diciembre de 2009 y 1190 de fecha 18 de diciembre de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América, estudiantes de medicina en la Universidad para los Servicios Uniformados de Bethesda, Maryland, realizarán una visita a las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales – NMRCD; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y