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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2010 (08/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de enero de 2010 410580 De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Decreto Supremo N° 012-2001-PE y Resolución Ministerial N° 071-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar inadmisible la solicitud de ampliación de permiso de pesca para la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo con la embarcación denominada CONSTANTE de matricula N° PT-13532-PM, presentada por la empresa CONSERVERA GARRIDO S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral y consignarse en el Portal de la Pagina Web del Ministerio de la Producción: www. produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 441409-2 Aprueban a favor de persona jurídica el cambio de titular de permiso de pesca RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 958-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 3 de diciembre del 2009 Visto los escritos de registro Nº 00055996 de fechas 14 de julio y 29 de octubre del 2009, presentados por la empresa PESQUERA DON ABELARDO S.A.C, y el escrito de fecha 31 de octubre del 2009 presentado por PESQUERA RIBAUDO S.A. CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, y sus modifi catorias, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 100- 99-PE/DNE del 29 de abril de 1999, se otorgó permiso de pesca a favor de PESQUERA HAYDUK S.A. para operar la embarcación multipropósito DON ABELARDO de matricula CO-4537-PM con 111.36 m3 de capacidad de bodega, utilizando sistema de preservación cajas con hielo, en la extracción de los recursos hidrobiologicos cachema, lisa con redes de cerco de 1 ½ pulgada, jurel y caballa, langostino, calamar común con redes de arrastre de 3 ½ pulgada, tiburón, barrilete, perico, pez volador y pez espada con palangre destinados al consumo humano directo; Que, mediante Resolución Directoral Nº 104-2006- PRODUCE/DNEPP del 4 de abril del 2006, en estricto cumplimiento de la medida cautelar temporal sobre el fondo, emitido por el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Santa, a través de la Resolución Nº 1 de fecha 24 de agosto del 2005, seguido en el expediente Nº 2005-1476, se otorgó a favor del señor SEBASTIAN MARTIN NOVOA PORRAS, permiso de pesca para operar la embarcación pesquera DON ABELARDO de matrícula CO-4537-PM con 111.36 m3 de volumen de bodega, en la extracción del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; utilizando para ello redes de cerco con tamaño mínimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); como consecuencia del Contrato de Asociación y Participación suscrita con PESQUERA OLIMPO S.R.L y en virtud al derecho de incremento de fl ota otorgado por Resolución Vice Ministerial Nº 020-2004-PRODUCE/DVM- PE; Que, por Resolución Directoral Nº 078-20007- PRODUCE/DGEPP del 7 de febrero del 2007, en estricto cumplimiento de la sentencia judicial expedida por el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Santa, a través de la Resolución Nº 25 de fecha 27 de diciembre del 2006, seguido en el expediente Nº 2005-1476 C, reiterado por Resolución Nº 27 de fecha 22 de enero del 2007; y en virtud de la sucesión procesal determinada por dicha judicatura; se modificó el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 104-2006-PRODUCE/DGEPP de fecha 4 de abril del 2006 en el extremo relacionado al titular del derecho administrativo del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON ABELARDO de matrícula CO-4537- PM, precisando como armador y titular del derecho administrativo del permiso de pesca de la precitada embarcación al señor PAULINO PEDRO CASANA ALENCASTRE; Que, mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA DON ABELARDO S.A.C., ha solicitado el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON ABELARDO de matrícula CO-4537-PM; Que, de la evaluación efectuada al expediente presentado, se determina que la empresa solicitante ha presentado los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; por lo que sería viable aprobar a favor de la misma, el cambio de titular de permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 881-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA DON ABELARDO S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON ABELARDO de matrícula CO-4537-PM otorgado por Resolución Directoral Nº 100-99-PE/DNE, Resolución Directoral Nº 104-2006-PRODUCE/DNEPP y Resolución Directoral Nº 078-20007-PRODUCE/DGEPP. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el anterior titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON ABELARDO de matrícula CO-4537-PM otorgado por Resolución Directoral Nº 078-2007-PRODUCE/DGEPP. Artículo 3º.- Incorporar a la empresa PESQUERA DON ABELARDO S.A.C., como la nueva titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON ABELARDO de matrícula CO-4537-PM en los Anexos correspondientes de la Resolución Ministerial Nº 084- 2007-PRODUCE y Resolución Ministerial Nº 086-2007- PRODUCE. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 441409-3