Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2010 (08/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de enero de 2010

El ARP Nº 64-2009-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 5 de noviembre de 2009, el cual busca establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion de plantulas in vitro de MORDAZA aceitera ( Elaeis guineensis ) de origen y procedencia Colombia; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la OMC; Que, ante el interes de la empresa PALMAS DEL MORDAZA S.A. en importar al MORDAZA plantulas in vitro de MORDAZA aceitera ( Elaeis guineensis ) procedente de Colombia; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolucion Directoral Nº 34-2007-AGSENASA-DSV y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion plantulas in vitro de MORDAZA aceitera (Elaeis guineensis ) de origen y procedencia Colombia de la siguiente manera: 1. Que el envio cuente con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen. 3. Debera contar con un registro de Importadores, lugares de produccion y responsable tecnico de material sujeto para la cuarentena posentrada con registro en SENASA. 4. Los envases seran nuevos y de primer uso. 5. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. 6. El material sera sometido a un MORDAZA de cuarentena posentrada que tendra una duracion de seis (06) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de produccion sera sometido por parte del SENASA a dos (02) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (01) inspeccion obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena, de cuyos resultados se dispondra el destino final del producto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

AMBIENTE
Reconocen a ganadores del Premio Nacional Ciudadania Ambiental 2009
RESOLUCION MINISTERIAL N° 269-2009-MINAM
MORDAZA, 30 de diciembre de 2009 Visto; el Acta del MORDAZA "Premio Nacional Ciudadania Ambiental 2009" del 27 de noviembre de 2009, el Informe Nº 003-2009-LASE-DIGECCAMMINAM y el Memorando Nº 110-2009-DIGECCAMVMGA-MINAM; CONSIDERANDO: Que, el Premio Nacional Ciudadania Ambiental 2009 convocado por el Ministerio del Ambiente y el Grupo Tecnico Nacional de Ciudadania Ambiental tiene como objetivo identificar, reconocer y difundir la creatividad, el compromiso y los mejores desempenos ambientales de los peruanos y peruanas e inducir su replica en beneficio del ambiente y la mejor calidad de vida; Que, en las Bases del citado Premio se consignaron siete (7) categorias de premios: I Categoria - Participacion Comunitaria Ambiental; II Categoria ­ Tradiciones Ambientales Populares; III Categoria ­ Investigacion en Practicas de Ciudadania Ambiental; IV Categoria ­ Expresiones Artisticas; V Categoria ­ Campanas en Medios de Comunicacion; VI Categoria ­ Voluntariado Ambiental; y VII Categoria ­ Econegocios; estableciendose el mecanismo y cronograma de MORDAZA de postulaciones; Que, el MORDAZA integrado por representantes del Ministerio del Ambiente, Grupo Tecnico de Ciudadania Ambiental y la Pontifica Universidad Catolica del Peru, mediante Acta de 27 de noviembre de 2009, ha proclamado a los ganadores de seis (6) de las siete (7) categorias, quedando desierta la III Categoria ­ Investigacion en Practicas de Ciudadania Ambiental; Que, en ese sentido, y con el proposito de continuar incentivando las citadas iniciativas, y atendiendo la propuesta formulada por la Direccion General de Educacion, Cultura y Ciudadania Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental del Ministerio del Ambiente, corresponde oficializar el reconocimiento publico a los ganadores de los premios otorgados en cada categoria; Con la visacion del Secretario General y de la Directora de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer a los ganadores del Premio Nacional Ciudadania Ambiental 2009, de acuerdo a las siguientes categorias:

CATEGORIA

I - Participacion Comunitaria Ambiental

442455-1

II - Tradiciones Ambientales Populares IV- Expresiones Artisticas

GANADOR(ES) INICIATIVA · Municipalidad Provincial de Andahuaylas, Municipalidad Distrital de San MORDAZA, Municipalidad Distrital de "Crianza del Agua" Talavera, Comunidades de Lliupapuquio, Pomacocha, Yanacullo y Huancabamba "Emprendimientos · Hallaq Peru Ambientales con Identidad" "Escultura Social, · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Soy un Recolector"

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