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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2010 (16/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 101

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de enero de 2010 411399 Artículo Quinto: ENCARGAR a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto consolidar y remitir el Presupuesto Institucional de Apertura a la Dirección Nacional del Presupuesto Público y a los Organismos que establece la normatividad vigente bajo responsabilidad. Artículo Sexto: ENCARGAR a la Secretaria General notifi car el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Municipalidad metropolitana de Lima para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 446209-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Modifican Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL N° 203 Chaclacayo, 29 de diciembre del 2009 VISTO: El Dictamen Nº 05-2009-CGPP/MDCH, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomía, política, económica y administrativamente en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 9º numeral 3) que, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de su organización interior y funcionamiento del gobierno local, el régimen de administración directa de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales; Que, el artículo 26º de la Ley Nº 27972 - señala que “la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, efi ciencia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos por la Ley Nº 27444”; Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica en la entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos y, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, por Ordenanza Municipal Nº 190 y 191, se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro de Asignación de Personal; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 064-2009-GPP/MDCH remite el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones, y de la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chaclacayo; Estando los fundamentos antes expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el VOTO UNANIME de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación de actas, se aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar, la modifi cación de la ESTRUCTURA ORGÁNICA y la Modifi cación del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, el mismo que consta de (3) Títulos, setenta y cinco (75) artículos, tres (03) Disposiciones Finales y dos (02) Disposición Transitoria; texto que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la presente ordenanza, siempre que no desvirtúe los principios de ésta. Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, la publicación del texto completo de la presente Ordenanza en la página web de la municipalidad (www.munichaclacayo.gob.pe). Artículo Cuarto.- Derogar las normas que se contraponen a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 445892-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Modifican disposiciones de Ordenanzas que conceden beneficios tributarios por regularización de obligaciones como resultado del proceso de fiscalización tributaria y actualización catastral ORDENANZA Nº 190 La Molina, 8 de enero de 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 001 de la Comisión Conjunta de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática y de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud a lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica del Municipalidades señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por la cual se regulan las materias en la que las municipalidades tienen competencia normativa; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único del Código Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 146, ampliada con la Ordenanza Nº 158 y precisada mediante Ordenanza Nº 161, se concedieron benefi cios tributarios y administrativos, a favor de los vecinos que a través del Proceso de Actualización del Catastro Urbano Municipal regularizaran sus nuevas construcciones, ampliaciones o remodelaciones con la Administración; Que, mediante Ordenanza Nº 177 de fecha 16 de Abril de 2009 se estableció un Régimen de Incentivos relacionados con el cumplimiento de obligaciones tributarias como resultado del proceso de fi scalización tributaria y/o actualización catastral; Que, en atención a las normas glosadas es necesario modifi car algunos aspectos de defi niciones y/o conceptos, respecto a la efectiva aplicación de los benefi cios antes citados a fi n de culminar el proceso de actualización catastral; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por los Artículos 9º inciso 8), 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: