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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2010 (16/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 105

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de enero de 2010 411403 brinde una superfi cie uniforme y lisa, pero no resbaladiza, dejándose cierta aspereza antideslizante. La capa de desgaste se dividirá con bruñas, formando losetones de 1 m. x 1 m., o como disponga el Ingeniero Supervisor, usando la herramienta ad-hoc. Las aceras serán vaciadas en paños cuya longitud no será mayor de 6 m., colocando en cada caso, juntas de construcción. Las juntas de contracción se han de intercalar cada treinta metros por lo menos, siendo el espacio entre paños no menores a 1/2”. El curado del concreto se iniciará inmediatamente y se llevará a cabo durante un período que no será menor de 7 días, con telas plásticas de polietileno, telas de algodón, líquidos formadores de membranas o con método de arroceras. Se hará una bruña que marque la separación del sardinel, se utilizarán bruñas debidamente perfi ladas de 1 cm. de ancho por 1 cm. de profundidad. El borde del área será voleado, para lo cual se empleará una tarraja especial. Se emplearán juntas de dilatación- contracción y construcción. Las juntas de dilatación presentarán una separación de 1.25 cm. para permitir la expansión térmica. Las juntas de contracción serán del tipo ciego formando en la superfi cie una ranura de 3 cm. de profundidad. Una junta de contracción podrá ser reemplazada por una junta de construcción por razones de vaciado. Las juntas de construcción se utilizarán cuando deban interrumpirse los trabajos. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremo en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de concreto de calidad de f’c=140 Kg/cm²., en ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confi nando sus bordes se construirán sardineles sumergidos de concreto de calidad de f’c = 210 Kg/cm². y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Norma A.120 Accesibilidad para Personas con Discapacidad y De las Personas Adultas Mayores aprobada mediante Decreto Supremo Nº 010-2009- VIVIENDA. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesado deberán poner en conocimiento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecutarán de acuerdo con los Proyectos que serán aprobados por LUZ DEL SUR. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, la interesada, deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- PRECISAR, que la empresa TEJIDOS SAN JACINTO S.A., ha cumplido con redimir en dinero el déficit de aportes para Servicios Públicos Complementarios correspondientes a la Habilitación Urbana materia de aprobación, de un área de 871.84 m² equivalente al 2 % del área afecta a aportes, ante la Municipalidad de Lurín, mediante Recibo de pago Nº 0056737 de fecha 16-09-09, por el monto de S/. 38,360.96 (Treinta y ocho mil trescientos sesenta y 96/100 nuevos soles). Artículo Cuarto.- DISPONER, que la empresa TEJIDOS SAN JACINTO S.A., cumpla con redimir en dinero a SERPAR – LIMA el aporte reglamentario correspondiente a Parques Zonales de un área de 2,179.62 m² equivalente al 5 % del área afecta a aportes y para la Municipalidad Metropolitana de Lima el aporte para Renovación Urbana de un área de 1,307.77 m² equivalente al 3 % del área afecta a aportes, a la Recepción de las Obras de Habilitación Urbana. Artículo Quinto.- REMITIR, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, copia de la presente Resolución para su conocimiento. Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la parte interesada en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución Gerencial. Artículo Séptimo.- DISPONER, que los propietarios de la habilitación urbana cumplan con efectuar la inscripción de la presente Resolución Gerencial ante la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la Zona IX Zona Registral – Sede Lima. Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Catastro, incorpore la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del Distrito de Lurín. Regístrese, comuníquese y cúmplase LUIS ALVA GAMARRA Gerente de Desarrollo Urbano Gerencia de Desarrollo Urbano 445842-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Designan funcionario responsable de elaborar y actualizar el portal de transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 008-2010-MPL Pueblo Libre, 11 de enero de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, modifi cada por la Ley Nº 27927, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5º de la citada ley establece que las entidades públicas deberán identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, la designación que se efectúa no exime a las áreas que produzcan o posean la información materia de publicación en el Portal Institucional, de su responsabilidad de proporcionarla en la forma y condiciones que hagan posible el cumplimiento de la Ley; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor JULIO GUILLERMO VALDEZ TUPAYACHI – Director de la Ofi cina de Informática de la Municipalidad de Pueblo Libre como funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 27806 modifi cada por Ley Nº 27927. Artículo Segundo. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en la misma fecha en que se realice ésta, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe). Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 319-2009-MPL de fecha 30 de Setiembre de 2009. Regístrese, publíquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 446056-1