Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2010 (19/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 19 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

411485

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, lo cual guarda correspondencia con el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ que establece que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, teniendo como principios la participacion ciudadana a traves de sus organizaciones vecinales; Que, el articulo 111° de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ senala que los vecinos de una circunscripcion municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestion administrativa y de gobierno municipal a traves de mecanismos de participacion vecinal y del ejercicio de derechos politicos, de conformidad con la Constitucion y la respectiva ley de la materia; Que, la cita MORDAZA estipula en su articulo 102º que el Consejo de Coordinacion Local Distrital ­ CCLD ­ es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, el cual es integrado por el MORDAZA Distrital que lo preside, los regidores y los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que senala la misma Ley. Asimismo, senala que la proporcion de los representantes de la sociedad civil sera del 40% de la totalidad de su miembros; precisando ademas que los mismos son elegidos democraticamente, por un periodo de 2 (dos) anos, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrira para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personeria juridica y un minimo de 3 (tres) anos de actividad institucional comprobada; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 063-2008ALC/MLV de fecha 9 de MORDAZA del 2008 se designo a los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital ­ CCLD ­ de La MORDAZA, quienes fueran elegidos en el MORDAZA electoral realizado el 25 de enero del 2008; Que, de lo expuesto se observa que se encuentra proximo el vencimiento de la vigencia de la eleccion y designacion de los representantes de la sociedad civil ante el CCLD, por lo que resulta necesario convocar al MORDAZA electoral respectivo de conformidad a lo establecido la Ordenanza Nº 035-2007/MDLV publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 11 de enero del 2008, la cual en su articulo 22º senala que la convocatoria para dichas elecciones la realizara el MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto y a las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Convocar a elecciones de los cinco (5) representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital ­ CCLD ­ de La MORDAZA para el periodo 2010 al 2012, a llevarse a cabo el 20 de febrero del 2010 desde las 9:00 a.m. hasta las 1:00 p.m., en el local de la Gerencia de Desarrollo Social, sito en MORDAZA Barranca Nº 290, La Victoria. Articulo Segundo.- Aprobar el cronograma oficial del MORDAZA de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil que se detalla a continuacion: ACTIVIDADES CRONOGRAMA Inscripcion de organizaciones en el "Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil", y delegados 21 al 29 de enero del 2010 electores 01 al 05 de febrero del Inscripcion de candidatos 2010 Publicacion de lista de candidatos 09 de febrero del 2010 MORDAZA y absolucion de 11 al 17 de febrero del tachas 2010 Publicacion de padron electoral 18 de febrero del 2010 Eleccion y Proclamacion de los representantes de las 20 de febrero del 2010 organizaciones de la sociedad civil

Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, de Imagen Institucional y de Tecnologia de la Informacion asi como a la Subgerencia de Participacion Vecinal, adoptar las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 447098-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Establecen diversos beneficios tributarios en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2009-CDB Bellavista, 21 de diciembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL Articulo 1º.- Mantener vigente durante el ano 2010, los topes de incrementos, exoneraciones y descuentos dispuestos en las Ordenanzas Municipales Nº 004-2009CDB, 006-2009-CDB, 008-2009-CDB y el Decreto de Alcaldia Nº 002-2009-MDB-AL Articulo 2º.- Mantener durante el ano 2010 el regimen de descuentos por pronto pago para los contribuyentes cuyos predios mantengan el uso de MORDAZA habitacion en general, asi como los de uso comercio y servicios hasta 100 metros cuadrados, y que cancelen hasta el 27 de febrero del 2010 el monto total y al contado de los arbitrios municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2009, bajo las siguientes condiciones: - Descuento del 20% del Arbitrio 2010 para los que hayan cancelado el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el 2009. - Descuento del 10% del Arbitrio 2010 para los que hayan cancelado los Arbitrios Municipales hasta el ano 2009. Para los demas contribuyentes, el descuento por pronto pago sera del 10% para los que hayan cancelado el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales hasta el 2009. Articulo 3º.- Establecer que el vencimiento de las fechas de pago de los arbitrios municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2010, sera el ultimo dia util de cada mes, a excepcion del mes de enero en que el vencimiento sera el 27 de febrero de 2010. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Direccion de Administracion Tributaria y Rentas y a la Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 447273-1

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